-39- 80.29. El 26 de junio de 1993 el Congreso Constituyente Democrático rechazó, por 39 votos contra 13, el dictamen emitido por la mayoría de la Comisión Investigadora, congresistas Roger Cáceres, Gloria Helfer y Carlos Cuaresma, que establecía la existencia de presunción de responsabilidad penal de altos oficiales del Ejército. El Congreso aprobó el dictamen elaborado por la minoría, congresistas Gilberto Siura y Jaime Freundt-Thurne, que establecía, entre otros puntos, que había quedado comprobado que ni el Ejército peruano, ni el Servicio de Inteligencia Nacional, ni el entonces asesor de dicho servicio de inteligencia habían tenido responsabilidad en los hechos materia de la investigación. Descubrimiento de fosas clandestinas e investigación adelantada por la Décimo Sexta Fiscalía Provincial Penal 80.30. El 12 de julio de 1993 la Revista “Sí” publicó un plano de unas fosas clandestinas ubicadas en la quebrada de Chavilca, localidad de Cieneguilla, en donde se encontrarían algunos restos humanos. En la misma fecha, el Director de la revista mencionada entregó a la Décimo Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima el mapa de dichas fosas, encontradas por él y su equipo de periodistas el 8 de julio de 1993. 80.31. Como consecuencia del mencionado descubrimiento, el Fiscal de la Décimo Sexta Fiscalía Provincial Penal, Víctor Cubas Villanueva, realizó una diligencia de constatación en Cieneguilla, en donde halló cuatro fosas clandestinas con restos óseos, en su mayoría calcinados, que pertenecerían a dos personas de sexo femenino y a tres de sexo masculino, una de ellas mayor de 40 años; así como casquillos de bala, restos de tejido, fibras textiles, cabellos y dos juegos de llaves. 80.32. Por otro lado, el 13 de julio de 1993 la Dirección Nacional contra el Terrorismo (DINCOTE) convocó a una conferencia de prensa a fin de informar sobre los resultados de una intervención policial realizada el 10 de julio de 1993, durante la cual se detuvo a presuntos miembros de Sendero Luminoso y se incautaron varios documentos, entre ellos un manuscrito dirigido al Congresista Cáceres en el que se detallaban las fosas clandestinas ubicadas en Cieneguillas. La DINCOTE presentó al ciudadano Juan Mallea como el supuesto autor del mapa de las fosas de Cieneguilla y, a los efectos de comprobar tal imputación, realizó una pericia grafotécnica a través del Departamento de Grafotecnia de la División de Criminalística de la Policía Nacional, la cual emitió el Dictamen No. 1667/03, en el que señalaba que los textos manuscritos del original del croquis y los de la fotocopia remitida por la DINCOTE provenían del puño de Juan Mallea. Sin embargo, durante la investigación seguida contra Juan Mallea por la Décimo Cuarta Fiscalía Provincial de Lima se realizaron nuevas pericias independientes, las cuales coincidieron en que ninguno de los documentos imputados a Juan Mallea correspondían a su autoría. 80.33. El 20 de agosto de 1993 fue llevada a cabo una diligencia en la residencia estudiantil por el Fiscal a cargo de la investigación, que permitió constatar que las llaves encontradas en las fosas de Cieneguilla correspondían a los estudiantes Armando Richard Amaro Cóndor y Juan Mariños Figueroa. 80.34. Los exámenes periciales concluyeron que los restos óseos calcinados encontrados en Cieneguilla correspondían a un entierro secundario, “lo que significa que estos restos anteriormente habían permanecido en otras fosas y que luego de haber sido extraídos y quemados fueron depositados y enterrados en la zona de Chavilca y que los cuerpos fueron quemados en estado de putrefacción”.

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