-39-
80.29.
El 26 de junio de 1993 el Congreso Constituyente Democrático rechazó, por
39 votos contra 13, el dictamen emitido por la mayoría de la Comisión Investigadora,
congresistas Roger Cáceres, Gloria Helfer y Carlos Cuaresma, que establecía la existencia de
presunción de responsabilidad penal de altos oficiales del Ejército. El Congreso aprobó el
dictamen elaborado por la minoría, congresistas Gilberto Siura y Jaime Freundt-Thurne, que
establecía, entre otros puntos, que había quedado comprobado que ni el Ejército peruano,
ni el Servicio de Inteligencia Nacional, ni el entonces asesor de dicho servicio de inteligencia
habían tenido responsabilidad en los hechos materia de la investigación.
Descubrimiento de fosas clandestinas e investigación adelantada por la
Décimo Sexta Fiscalía Provincial Penal
80.30.
El 12 de julio de 1993 la Revista “Sí” publicó un plano de unas fosas
clandestinas ubicadas en la quebrada de Chavilca, localidad de Cieneguilla, en donde se
encontrarían algunos restos humanos. En la misma fecha, el Director de la revista
mencionada entregó a la Décimo Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima el mapa de dichas
fosas, encontradas por él y su equipo de periodistas el 8 de julio de 1993.
80.31.
Como consecuencia del mencionado descubrimiento, el Fiscal de la Décimo
Sexta Fiscalía Provincial Penal, Víctor Cubas Villanueva, realizó una diligencia de
constatación en Cieneguilla, en donde halló cuatro fosas clandestinas con restos óseos, en
su mayoría calcinados, que pertenecerían a dos personas de sexo femenino y a tres de sexo
masculino, una de ellas mayor de 40 años; así como casquillos de bala, restos de tejido,
fibras textiles, cabellos y dos juegos de llaves.
80.32.
Por otro lado, el 13 de julio de 1993 la Dirección Nacional contra el
Terrorismo (DINCOTE) convocó a una conferencia de prensa a fin de informar sobre los
resultados de una intervención policial realizada el 10 de julio de 1993, durante la cual se
detuvo a presuntos miembros de Sendero Luminoso y se incautaron varios documentos,
entre ellos un manuscrito dirigido al Congresista Cáceres en el que se detallaban las fosas
clandestinas ubicadas en Cieneguillas. La DINCOTE presentó al ciudadano Juan Mallea
como el supuesto autor del mapa de las fosas de Cieneguilla y, a los efectos de comprobar
tal imputación, realizó una pericia grafotécnica a través del Departamento de Grafotecnia de
la División de Criminalística de la Policía Nacional, la cual emitió el Dictamen No. 1667/03,
en el que señalaba que los textos manuscritos del original del croquis y los de la fotocopia
remitida por la DINCOTE provenían del puño de Juan Mallea. Sin embargo, durante la
investigación seguida contra Juan Mallea por la Décimo Cuarta Fiscalía Provincial de Lima se
realizaron nuevas pericias independientes, las cuales coincidieron en que ninguno de los
documentos imputados a Juan Mallea correspondían a su autoría.
80.33.
El 20 de agosto de 1993 fue llevada a cabo una diligencia en la residencia
estudiantil por el Fiscal a cargo de la investigación, que permitió constatar que las llaves
encontradas en las fosas de Cieneguilla correspondían a los estudiantes Armando Richard
Amaro Cóndor y Juan Mariños Figueroa.
80.34.
Los exámenes periciales concluyeron que los restos óseos calcinados
encontrados en Cieneguilla correspondían a un entierro secundario, “lo que significa que
estos restos anteriormente habían permanecido en otras fosas y que luego de haber sido
extraídos y quemados fueron depositados y enterrados en la zona de Chavilca y que los
cuerpos fueron quemados en estado de putrefacción”.
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