-47- una cosa juzgada fraudulenta […] no siendo ninguno de estos casos factibles ni el Tribunal para declarar la nulidad de una Ejecutoria Suprema, en el presente caso, dejando a salvo el derecho de los recurrentes de interponer los medios legales que la ley le faculte en las instancias competentes48. Nuevas investigaciones en el fuero penal ordinario 80.67. Luego de la caída del régimen del ex Presidente Alberto Fujimori Fujimori, han sido abiertas investigaciones e iniciados procesos en la jurisdicción penal común en relación con los hechos del presente caso, los cuales se señalan a continuación. a) denuncia 001-2000 80.68. El 25 de octubre de 2000 la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos denunció ante la Fiscalía de la Nación la comisión de delitos de lesa humanidad en perjuicio de ciudadanos civiles y militares, entre los cuales estaban los hechos ocurridos en el caso de La Cantuta. Entre los denunciados estaban Vladimiro Montesinos Torres y Nicolás de Bari Hermoza Ríos. El 17 de noviembre de 2000 los familiares se apersonaron ante el Ministerio Público e hicieron suya la denuncia de la mencionada Coordinadora Nacional49. Esta denuncia fue identificada con el No. 001-2000. 80.69. El 1º de febrero de 2001 APRODEH amplió la denuncia penal por los crímenes de La Cantuta, señalando además la participación de Luis Pérez Documet, entre otros. Dicha denuncia fue acumulada a la denuncia 001-200050. 80.70. El 13 de septiembre de 2001 la Fiscalía de la Nación dispuso la desacumulación de los hechos de La Cantuta y solicitó a la División de Investigaciones Especiales Metropolitana de la Dirección contra el Terrorismo la remisión del resultado de sus indagaciones sobre los hechos ocurridos el 18 de julio de 1992. El 28 de octubre de 2002 la autoridad policial remitió a la Fiscalía el resultado de sus investigaciones51. No constan ulteriores actos respecto de dicha denuncia. b) causa 15-2001 A.V. 80.71. En junio de 2003 y enero de 2004 la Corte Suprema de Justicia dictó resoluciones que condenaron por encubrimiento personal y asociación ilícita a los jueces 48 Cfr. sentencia de 15 de julio de 2004 emitida por el Consejo Supremo de Justicia Militar (expediente de anexos a la demanda, anexo 43.k, folios 1683 y 1684). 49 Cfr. solicitud de la Procuraduría Pública ad hoc del Estado para formalizar denuncia penal contra Vladimiro Montesinos Torres, Nicolás de Bari Hermoza Ríos y Luis Pérez Documet por los crímenes perpetrados en La Cantuta (expediente de anexos a la demanda, anexo 42.d, folios 1568 y 1569). 50 Cfr. solicitud de la Procuraduría Pública ad hoc del Estado para formalizar denuncia penal contra Vladimiro Montesinos Torres, Nicolás de Bari Hermoza Ríos y Luis Pérez Documet por los crímenes perpetrados en La Cantuta (expediente de anexos a la demanda, anexo 42.d, folio 1569). 51 Cfr. solicitud de la Procuraduría Pública ad hoc del Estado para formalizar denuncia penal contra Vladimiro Montesinos Torres, Nicolás de Bari Hermoza Ríos y Luis Pérez Documet por los crímenes perpetrados en La Cantuta (expediente de anexos a la demanda, anexo 42.d, folio 1569).

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