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desaparición forzada de personas, y a ocho personas57 en carácter de cómplices de dichos
delitos58.
80.76.
El 24 de enero de 2003 el Primer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior
de Justicia de Lima dictó apertura de instrucción, en vía ordinaria y dentro del expediente
No. 03-2003, contra varios oficiales del Ejército o ex militares59 como presuntos coautores
de la comisión de los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud –en la modalidad de
homicidio calificado –, contra la libertad personal –en la modalidad de secuestro agravado –
y desaparición forzada de personas, en agravio del profesor Hugo Muñoz Sánchez y de
nueve estudiantes de la Universidad de La Cantuta, contra quienes se dictó el mandato de
detención. Asimismo, formuló denuncia contra otras ocho personas60, como presuntos
cómplices en los mismos delitos, contra quienes se dictó mandato de comparecencia
restringida con arresto domiciliario. Asimismo, el Juzgado dispuso “trabar embargo
preventivo” hasta por las sumas de entre uno y tres millones de nuevos soles sobre los
bienes libres de los procesados. Los mandatos de detención fueron apelados por algunos
procesados y luego confirmados por el Juzgado61. Ninguno de esos militares o ex militares
fue investigado en el fuero militar o condenado en la causa No. 157-V-93 instruida en ese
fuero (supra párrs. 80.54 y 80.55), con excepción de Aquilino Portella Núñez quien tuvo la
calidad de reo ausente en aquella causa y en aplicación de la ley de amnistía el CSJM
dispuso el “corte de secuela” del juicio y posteriormente el mismo CSJM declaró nula esa
disposición (supra párrs. 80.54 y 80.60 a 80.63)62.
80.77.
Esta investigación fue declarada de carácter complejo en junio de 2003. En
atención a “la conexión compleja y mixta de esta causa”63 con la seguidas en otros juzgados
contra los presuntos autores de otros crímenes, por lo que la Procuraduría Ad Hoc solicitó la
acumulación de los procesos. Esta acumulación fue decretada el 18 de julio de 2003 por el
Segundo Juzgado Penal Especializado y ratificada el 20 de febrero de 2004 por la Sala Penal
Especializada “A” de la Corte Superior de Lima64.
57
A saber: Julio Rolando Salazar Monroe, Víctor Raúl Silva Mendoza, Carlos Indacochea Ballon, Alberto
Segundo Pinto Cárdenas, Luis Cubas Portal, Enrique Oswaldo Oliveros, Julio Alberto Rodríguez Córdova y Carlos
Miranda Balarezo.
58
Cfr. formalización de la denuncia penal realizada por la Fiscal Provincial Especializada (expediente de
anexos a la demanda, anexo 38.k, folios 1398 a 1412).
59
A saber: Aquilino Portella Núñez, Héctor Gamarra Mamani, José William Tena Jacinto, Pablo Andrés
Atuncar Cama, Gabriel Orlando Vera Navarrete, Jorge Enrique Ortiz Mantas, Fernando Lecca Esquen, Hércules
Gómez Casanova, Wilmer Yarleque Ordinola, Ángel Sauñi Pomaya, Rolando Javier Meneses de Oca, Haydee Magda
Terrazas Arroyo, Luz Iris Cumpitaz Mendoza, José Alarcón González, Hugo Francisco Coral Goycochea, Carlos Luis
Caballero Zegarra Ballón, Isaac Paquillauri Huaytalla, Víctor Hinojosa Sopla.
60
A saber: Julio Rolando Salazar Moroe, Víctor Raúl Silva Mendoza, Carlos Indacochea Ballón, Alberto Pinto
Cárdenas, Luis Cubas Portal, Enrique Osvaldo Oliveros Pérez, Carlos Miranda Balarezo y Julio Rodríguez Córdova.
61
Cfr. resolución de fecha 24 de enero de 2003 dictada por el Primer Juzgado Penal Especial Anticorrupción
presentada como anexo de la Nota del Estado No. 7-5-M/393 de fecha 4 de noviembre de 2003 (expediente de
anexos a la demanda, anexo 40.i, folios 1467 a 1491 y anexo 43.cc, folio 1737).
62
Cfr. oficio no. 03-2003-61-SPE-CSJL de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de Lima
(expediente de prueba para mejor resolver, folios 4170 a 4172), y escrito del Estado de 20 de noviembre de 2006
en respuesta a la solicitud de prueba para mejor resolver (expediente de fondo, eventuales reparaciones y costas,
folio 1090).
63
64
Cfr. Código de Procedimientos Penales, Ley no. 9024, art. 20 (expediente de prueba para mejor resolver).
Por disposición de la Superior Sala Penal Especial, esta causa No. 03-2003 fue acumulada con las causas
No. 44-2002 (Pedro Yauri), No. 01-2003 (El Santa) a la causa No. 32-2001 (Barrios Altos) (expediente de anexos
la demanda, anexo 42.d folio 1571)
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