25 89. Algunos testigos indicaron que Aníbal Castaño y Oscar Zuluaga fueron llevados a la base militar La Piñuela93. La esposa del señor Castaño indicó que las camionetas utilizadas por estas personas “las hemos visto subir con soldados”94. Según un testimonio, la esposa y el hermano del señor Castaño fueron en dos oportunidades a la base militar pero se les impidió el ingreso95. 90. Hasta la fecha, se desconoce el destino o paradero de Aníbal Castaño y Oscar Zuluaga. 3.2. La desaparición de los niños Juan Crisóstomo Cardona Quintero y Miguel Ancízar Cardona Quintero, y de alias Fredy y su esposa el 22 de junio de 1996 91. Según testimonios, el 22 de junio de 1996 a las 5:00 a.m., un grupo de civiles armados ingresaron a la vivienda de Dioscelina Quintero quien se encontraba durmiendo96. Este grupo retuvo a sus hijos Juan Crisóstomo Cardona Quintero, de 12 años de edad y Miguel Ancízar Cardona Quintero, de 15 años de edad97. Un testimonio indica que mientras se los llevaban, los hermanos Cardona Quintero empezaron a llorar y fueron amarrados98. 92. Los testigos mencionaron que el grupo de civiles armados ingresó a una vivienda contigua y retuvo a una persona identificada como alias Fredy junto con su esposa, dejando a su hijo de (…Continuación) 91 Anexo 24. Declaración de María de la Cruz Hernández de Gallego ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 8 de noviembre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 71-72. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 92 Anexo 33. Declaración de Juan Carlos Gallego Hernández ante la Personería Municipal de Cocorná, de fecha 30 de junio de 1996. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de julio de 1999. 93 Anexo 29. Declaración de Florinda de Jesús Gallego Hernández ante la Fiscalía General de la Nación, de fecha 28 de noviembre de 2000. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de septiembre de 2004; Anexo 33. Declaración de Juan Carlos Gallego Hernández ante la Personería Municipal de Cocorná, de fecha 30 de junio de 1996. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de julio de 1999. 94 Anexo 22. Declaración de María Obeyda Gallego Castaño ante la Personería Municipal de El Carmen de Viboral, de fecha 31 de julio de 1996. Expediente No. 008-10799-98. Procuraduría Delegada Disciplinaria de Derechos Humanos. Ministerio Público. Folios 88-90. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 12 de julio de 2010. 95 Anexo 29. Declaración de Florinda de Jesús Gallego Hernández ante la Fiscalía General de la Nación, de fecha 28 de noviembre de 2000. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de septiembre de 2004. 96 Anexo 24. Declaración de María de la Cruz Hernández de Gallego ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 8 de noviembre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 71-72. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010; Anexo 24. Declaración de Elvia Rosa Fernández de Cardona ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República, de fecha 12 de octubre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 97 Anexo 19. Escrito de la Corporación Jurídica Libertad a la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, presentado el 2 de abril de 2007. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de julio de 1999. 98 Anexo 23. Declaración de pobladora de la Vereda La Esperanza. Disco compacto de Corporación Jurídica Libertad anexo al escrito de los peticionarios de 23 de marzo de 2010.

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