35 111. A la fecha, no se tiene conocimiento del destino o paradero de Juan Carlos Gallego. 3.4.2. Sobre Jaime Alonso Mejía Quintero 112. Testigos señalaron que el 7 de julio de 1996 Jaime Alonso Mejía Quintero se encontraba en un billar, junto a la autopista Medellín-Bogotá169 y que el mismo grupo de personas que retuvo a Juan Carlos Gallego lo sacó de dicho lugar y lo introdujo en una de sus camionetas170. Su hermana señalo que usualmente se le acercaba el ejército, lo tildaban de guerrillero y le decían que se lo llevarían171. 113. Quintero. A la fecha, no se tiene conocimiento del destino o paradero de Jaime Alonso Mejía 3.4.3. Sobre Javier Giraldo Giraldo 114. Según su esposa, el 7 de julio de 1996 en la tarde, Javier Giraldo se encontraba al borde de la autopista Medellín-Bogotá enseñando a un amigo a conducir una moto172. Testigos manifestaron que las mismas camionetas en las que se llevaron a Juan Carlos Gallego y Jaime Alonso Mejía pasaron por su lado, le preguntaron su nombre y le dijeron que se suba, a lo que él se negó173. Indicaron que Javier Giraldo trató de escapar pero una de las camionetas pisó la llanta de su moto y su pie174, le dijeron 169 Anexo 19. Escrito de la Corporación Jurídica Libertad a la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, presentado el 2 de abril de 2007. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de julio de 1999; Anexo 30. Declaración de José Eliseo Gallego Quintero ante la Personería Municipal de El Carmen de Viboral, de fecha 19 de julio de 1996. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de julio de 1999. 170 Anexo 24. Declaración de Diosdado Quintero Giraldo ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República, de fecha 8 de noviembre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 64- 70. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010; Anexo 24. Declaración de María de la Cruz Hernández de Gallego ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 8 de noviembre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 71-72. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010; Anexo 24. Declaración de Pablo Antonio Quintero ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 5 de abril de 2005. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 190-193. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 171 Anexo 24. Declaración de Olivia del Socorro Mejía ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 10 de noviembre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 88-90. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 172 Anexo 47. Declaración de Nelly Soto de Castaño ante la Fiscalía General de la Nación, de fecha 12 de agosto de 1996. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1 de febrero de 2007. 173 Anexo 47. Declaración de Nelly Soto de Castaño ante la Fiscalía General de la Nación, de fecha 12 de agosto de 1996. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1 de febrero de 2007; Anexo 24. Declaración de Pablo Antonio Quintero ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 5 de abril de 2005. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 190-193. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 174 Anexo 47. Declaración de Nelly Soto de Castaño ante la Fiscalía General de la Nación, de fecha 12 de agosto de 1996. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1 de febrero de 2007; Anexo 24. Declaración de Pablo Antonio Quintero ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 5 de abril de 2005. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 190-193. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010.

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