38 fuera con ellos190. Un testigo señaló que vio cómo un grupo de hombres se llevaba al señor Castaño Castaño amarrado de la cintura191. 118. A la fecha, no se tiene conocimiento del destino o paradero de Jesús Castaño Castaño. 119. Respecto a Andrés Suárez Cordero, la CIDH cuenta con información proporcionada en la audiencia pública de versión libre de Ramón Isaza Rosero de 16 de octubre de 2008. En dicha audiencia, Ramón Isaza indicó que Andrés Suárez Cordero fue llevado a vivir con su hija, Idelfa Isaza. Señaló que continuaría viviendo con ella y que ya se habría iniciado el proceso de adopción del niño, quien ahora se llamaría Bryan Andrés Balbuena Isaza, ante la defensora de familia de Puerto Berrío. Asimismo, sostuvo que miembros de Bienestar Familiar habrían visitado a Idelfa Isaza y que, luego de hablar con el director y profesores del colegio donde se encuentra el niño, habrían redactado un documento a fin de que Andrés Suárez quedara bajo la custodia de la señora Isaza192. 3.5.2. Sobre Orlando de Jesús Muñoz Castaño 120. Conforme a los testimonios, el 9 de julio de 1996 Orlando de Jesús Muñoz se encontraba en camino a una finca que estaba administrando193. Señalaron que las mismas camionetas donde se llevaron a Jesús Castaño Castaño y Andrés Suárez Cordero se acercaron a él y lo introdujeron en uno de los vehículos194. 121. A la fecha, no se tiene conocimiento del destino o paradero de Orlando de Jesús Muñoz. 3.5.3. Sobre Octavio de Jesús Gallego Hernández 122. Según el testimonio de Héctor Manuel González Ramírez, alrededor de las 4:00 p.m., él se encontraba con Octavio Gallego al borde de la autopista Medellín-Bogotá a fin de localizar los posibles cadáveres de Juan Carlos Gallego y Jaime Mejía195. Indicó que llegaron cuatro vehículos, de donde se bajaron dos hombres vestidos de civil que “tenían armas de largo alcance que usan los 190 Anexo 44. Denuncia presentada por Florinda de Jesús Gallego Hernández ante el juzgado penal municipal de Cocorná, de fecha 11 de julio de 1996. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de julio de 1999. 191 Anexo 24. Declaración de Pablo Antonio Quintero ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 5 de abril de 2005. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 190-193. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 192 Anexo 5. Audiencia pública de versión libre de Ramón Isaza, de fecha 16 de octubre de 2008. Disco compacto anexo a la comunicación del Estado de 25 de septiembre de 2009. 193 Anexo 24. Declaración de Carlos Muños Muñoz ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 10 de noviembre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 94-98. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 194 Anexo 24. Declaración de Carlos Muños Muñoz ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 10 de noviembre de 2004. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 10. Folios 94-98. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010; Anexo 19. Escrito de la Corporación Jurídica Libertad a la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, presentado el 2 de abril de 2007. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de julio de 1999. 195 Anexo 12. Declaración de Héctor Manuel González Ramírez ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía Regional, de fecha 15 de abril de 1998. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 2. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010.

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