39 militares” 196. Manifestó que dichas personas llamaron a Octavio de Jesús y le dijeron que “v[aya] que lo necesita[ban]”. Señaló que lo tomaron por la fuerza y lo metieron al auto. Indicó que “a dos cuadras más abajito” estaba el ejército que no hizo nada por evitar lo acontecido. 123. El testigo señaló que días después vio que las dos personas que se llevaron a Octavio de Jesús Gallego vestían uniformes de soldados, con insignias y estaban con un pelotón militar de quince personas197. Otro testigo increpó a un miembro de los paramilitares por las desapariciones y éste le respondió que se los llevaron “para torturarlos para que así dijeran la verdad”198. 124. Hernández. A la fecha, no se tiene conocimiento del destino o paradero de Octavio de Jesús Gallego 3.6. Desaparición de Andrés Gallego Castaño y Leonidas Cardona Giraldo el 27 de diciembre de 1996 125. Testigos indicaron que el 27 de diciembre de 1996 a las 8:30 p.m., alrededor de diez hombres armados vestidos de civil llegaron al domicilio de Leonidas Cardona Giraldo en dos camionetas199. Según su esposa, estas personas se identificaron como paramilitares, pidieron la cédula de identificación a Leonidas Cardona y le dijeron que así se llamaba un guerrillero200. Señalaron que les dijeron a los hombres armados que “Leonidas ha[y] muchos” y que uno le contestó que “todos se la iban a pagar"201. Su esposa manifestó que después de treinta minutos, llegaron otros hombres armados con una persona enmascarada202. Indicó que luego de destaparle la máscara, reconocieron que se trataba de 196 Anexo 50. Declaración de Héctor Manuel González Ramírez ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 10 de noviembre de 2004. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1 de febrero de 2007. 197 Anexo 50. Declaración de Héctor Manuel González Ramírez ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 10 de noviembre de 2004. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1 de febrero de 2007. 198 Anexo 12. Declaración de María Engracia Hernández Quintero ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía Regional, de fecha 15 de abril de 1998. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 2. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 199 Anexo 43. Declaración de Gabriel de Jesús Cardona Fernández ante la Personería Municipal de El Carmen de Viboral, de fecha 30 de diciembre de 1996. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de septiembre de 2004; Anexo 9. Declaración de María del Rocío Cardona Fernández ante la Fiscalía General de la Nación, de fecha 30 de diciembre de 1996. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 12. Folios 303-304. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 200 Anexo 9. Declaración de María del Rocío Cardona Fernández ante la Fiscalía General de la Nación, de fecha 30 de diciembre de 1996. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 12. Folios 303-304. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010; Anexo 51. Nota de prensa “La Esperanza anhela saber dónde están sus muertos” publicada en El Colombiano, de fecha 7 de febrero de 2008. Anexo al escrito de los peticionarios de marzo de 2006. 201 Anexo 51. Nota de prensa “La Esperanza anhela saber dónde están sus muertos” publicada en El Colombiano, de fecha 7 de febrero de 2008. Anexo al escrito de los peticionarios de marzo de 2006. 202 Anexo 9. Declaración de María del Rocío Cardona Fernández ante la Fiscalía General de la Nación, de fecha 30 de diciembre de 1996. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 12. Folios 303-304. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010.

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