41 la casa y vio a “dos volquetas llenas de Ejército detrás de las camionetas”212. Después de este hecho, informó que un soldado de la FTA le dijo “que lo que cogía Ramón Isaza no se volvía a ver”213. 128. A la fecha, no se tiene conocimiento del destino o paradero de Andrés Gallego Castaño y Leonidas Cardona Giraldo. 3.7. Información disponible sobre los familiares de las presuntas víctimas 129. El 27 de agosto de 2010 los peticionarios presentaron un listado de los familiares de las presuntas víctimas. La Comisión observa que dicho documento se encuentra desagregado en función de los familiares de cada víctima. Asimismo, la CIDH nota que los familiares de cada víctima están conformados por cónyuges, hermanos/as, hijos/as o padres, es decir, su núcleo familiar. La Comisión también observa que cada familiar, con excepción de dos personas, está registrado con su documento de identidad o número de registro civil. Finalmente, la CIDH nota que durante el trámite ante ésta el Estado no aportó ninguna prueba tendiente a objetar la calidad de familiares de las presuntas víctimas. 130. Por las consideraciones mencionadas, la Comisión tomará en cuenta para su análisis de fondo el listado de familiares presentado por los peticionarios, el cual se encuentra detallado en el anexo único al presente informe. 4. Procesos iniciados 4.1. Proceso penal No. 233 131. El 8 de julio de 1996 José Eliseo Gallego Quintero presentó una denuncia ante la unidad local de Cocorná de la Fiscalía General de la Nación sobre las violaciones cometidas por militares en su domicilio el 26 de junio de 1996214. El 11 de julio de 1996 Andrés Antonio Gallego Castaño y Florinda de Jesús Gallego Hernández presentaron dos denuncias ante el juzgado penal municipal de Cocorná por los distintos hechos sucedidos en la Vereda hasta esa fecha, resaltando la participación conjunta de las fuerzas armadas con grupos paramilitares. También se hizo referencia a que los hechos de 26 de junio 212 Anexo 9. Declaración de María del Rocío Cardona Fernández ante la Fiscalía 53 Especializada destacada ante el Gaula Rural Oriente Antioqueño, de fecha 26 de febrero de 2009. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 12. Folios 329-334. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 213 Anexo 12. Declaración de María Rocío Cardona ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía Regional, de fecha 14 de abril de 1998. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 2. Folios 192-194. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010. 214 Anexo 21. Denuncia presentada por Eliseo Gallego Quintero ante la Fiscalía general de la Nación, Unidad local de Cocorná, de fecha 8 de julio de 1996. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 1. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 24 de junio de 2010.

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