43
133. El 17 de julio de 1996 se delegó el conocimiento de la investigación a la Unidad de
Fiscalía Seccional de El Carmen de Viboral223. El 1 y 2 de agosto de 1996 la sección de investigaciones
especiales de la Fiscalía se dirigió a la zona. En su informe de 15 de agosto de 1996 se incluyó lo
siguiente: i) “al parecer ha habido participación de una u otra manera del ejército nacional”; ii) los
testigos reconocieron los modelos de vehículos en los cuales se desplazaron los responsables de los
hechos; iii) se evidenció “la destrucción de la casa de Eliseo Gallego, el hurto de varios elementos y
lesiones a Juan Carlos” por lo que indicaron que “oportunamente se hará llegar fotografías del estado en
que quedó la habitación”; y iv) se sugirió comisionar un grupo de investigadores que, bajo la dirección
de un fiscal, adelantaran todas las diligencias tendientes a esclarecer los hechos224.
134. El 4 de septiembre de 1996 los familiares solicitaron que la UNDH asumiera
competencia225, pero el 9 de octubre de 1996 la UNDH delegó la investigación a un Fiscal Delegado ante
los Jueces Regionales de Medellín226.
135. El 27 de noviembre de 1996 el Cuerpo Técnico de Investigaciones emitió un informe en
el cual indicó que: i) se realizó una diligencia al domicilio de Eliseo Gallego donde se recogieron
cartuchos de munición y bolsas utilizadas por el ejército marcadas con sus logotipos, evidencia que
quedó en poder de la Procuraduría General de la Nación227; y ii) el personero municipal de El Carmen de
Viboral, Heli Gómez Osorio, fue asesinado el 26 de julio de 1996228”. Sobre este hecho, la Comisión
cuenta con un oficio de la Delegada para los Derechos Humanos de la Procuraduría General de la Nación
donde se indica que la situación “es tan grave” que dicho personero fue asesinado por solicitar las
averiguaciones pertinentes y “por rogar que no se quedaran en la impunidad”229.
136. El 19 de diciembre de 1996 la Procuraduría General de la Nación emitió un nuevo
informe indicando que se tomaron declaraciones y concluyendo que es “evidente el profundo temor de
los habitantes de la vereda a ser víctimas de hechos de violencia por la denuncia a miembros de la
fuerza pública que habrían participado en las desapariciones con el grupo paramilitar”. Adicionalmente,
223
Anexo 10. Oficio de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República, de fecha 23 de
agosto de 2000. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 3A. Folios 136-140. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1
de julio de 1999.
224
Anexo 26. Informe No. 047-2551-2560-032-FGN-DR-CTI-SIE, de fecha 15 de agosto de 1996. Anexo a la
comunicación de los peticionarios de 5 de octubre de 2000.
225
Anexo 54. Carta de Corporación Jurídica Libertad al Director Nacional de Fiscalías, de fecha 4 de abril de 1997.
Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1 de febrero de 2007.
226
Anexo 10. Oficio de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República, de fecha 23 de
agosto de 2000. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 3A. Folios 136-140. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1
de julio de 1999.
227
Anexo 49. Informe No. 084, Radicado No. 21.005 de la Dirección Regional del Cuerpo Técnico de Investigaciones de
la Fiscalía General de la Nación, de fecha 27 de noviembre de 1996. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1
de febrero de 2007. La realización de esta diligencia y la prueba recolectada fue avalada por diversos testigos, dentro de los que
se encuentran María Engracia Hernández Quintero y Florinda de Jesús Gallego Hernández.
228
Anexo 49. Informe No. 084, Radicado No. 21.005 de la Dirección Regional del Cuerpo Técnico de Investigaciones de
la Fiscalía General de la Nación, de fecha 27 de noviembre de 1996. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1
de febrero de 2007.
229
Anexo 22. Oficio de Abogado Asesor Grado 19, Delegada para los Derechos Humanos, Edgar Pinilla Rueda, de fecha
25 de marzo de 1999. Expediente No. 008-10799-98. Procuraduría Delegada Disciplinaria de Derechos Humanos. Ministerio
Público. Folios 299-300. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 12 de julio de 2010.