43 133. El 17 de julio de 1996 se delegó el conocimiento de la investigación a la Unidad de Fiscalía Seccional de El Carmen de Viboral223. El 1 y 2 de agosto de 1996 la sección de investigaciones especiales de la Fiscalía se dirigió a la zona. En su informe de 15 de agosto de 1996 se incluyó lo siguiente: i) “al parecer ha habido participación de una u otra manera del ejército nacional”; ii) los testigos reconocieron los modelos de vehículos en los cuales se desplazaron los responsables de los hechos; iii) se evidenció “la destrucción de la casa de Eliseo Gallego, el hurto de varios elementos y lesiones a Juan Carlos” por lo que indicaron que “oportunamente se hará llegar fotografías del estado en que quedó la habitación”; y iv) se sugirió comisionar un grupo de investigadores que, bajo la dirección de un fiscal, adelantaran todas las diligencias tendientes a esclarecer los hechos224. 134. El 4 de septiembre de 1996 los familiares solicitaron que la UNDH asumiera competencia225, pero el 9 de octubre de 1996 la UNDH delegó la investigación a un Fiscal Delegado ante los Jueces Regionales de Medellín226. 135. El 27 de noviembre de 1996 el Cuerpo Técnico de Investigaciones emitió un informe en el cual indicó que: i) se realizó una diligencia al domicilio de Eliseo Gallego donde se recogieron cartuchos de munición y bolsas utilizadas por el ejército marcadas con sus logotipos, evidencia que quedó en poder de la Procuraduría General de la Nación227; y ii) el personero municipal de El Carmen de Viboral, Heli Gómez Osorio, fue asesinado el 26 de julio de 1996228”. Sobre este hecho, la Comisión cuenta con un oficio de la Delegada para los Derechos Humanos de la Procuraduría General de la Nación donde se indica que la situación “es tan grave” que dicho personero fue asesinado por solicitar las averiguaciones pertinentes y “por rogar que no se quedaran en la impunidad”229. 136. El 19 de diciembre de 1996 la Procuraduría General de la Nación emitió un nuevo informe indicando que se tomaron declaraciones y concluyendo que es “evidente el profundo temor de los habitantes de la vereda a ser víctimas de hechos de violencia por la denuncia a miembros de la fuerza pública que habrían participado en las desapariciones con el grupo paramilitar”. Adicionalmente, 223 Anexo 10. Oficio de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República, de fecha 23 de agosto de 2000. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 3A. Folios 136-140. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de julio de 1999. 224 Anexo 26. Informe No. 047-2551-2560-032-FGN-DR-CTI-SIE, de fecha 15 de agosto de 1996. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 5 de octubre de 2000. 225 Anexo 54. Carta de Corporación Jurídica Libertad al Director Nacional de Fiscalías, de fecha 4 de abril de 1997. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1 de febrero de 2007. 226 Anexo 10. Oficio de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República, de fecha 23 de agosto de 2000. Expediente No. 233 UNDH. Cuaderno No. 3A. Folios 136-140. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 1 de julio de 1999. 227 Anexo 49. Informe No. 084, Radicado No. 21.005 de la Dirección Regional del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 27 de noviembre de 1996. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1 de febrero de 2007. La realización de esta diligencia y la prueba recolectada fue avalada por diversos testigos, dentro de los que se encuentran María Engracia Hernández Quintero y Florinda de Jesús Gallego Hernández. 228 Anexo 49. Informe No. 084, Radicado No. 21.005 de la Dirección Regional del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación, de fecha 27 de noviembre de 1996. Anexo al escrito de los peticionarios recibido en la CIDH el 1 de febrero de 2007. 229 Anexo 22. Oficio de Abogado Asesor Grado 19, Delegada para los Derechos Humanos, Edgar Pinilla Rueda, de fecha 25 de marzo de 1999. Expediente No. 008-10799-98. Procuraduría Delegada Disciplinaria de Derechos Humanos. Ministerio Público. Folios 299-300. Disco compacto anexado a la comunicación de los peticionarios de 12 de julio de 2010.

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