3
8.
El 27 de enero de 1994, durante una audiencia pública, se recibieron diversos
documentos, entre los que estaba la réplica de los peticionarios. Este documento fue
trasladado al Estado el 14 de noviembre de 1994.
9.
La Comisión llevó a cabo varias audiencias especiales para recibir
testimonio de personas relacionadas con el caso. Durante los días 3 de noviembre
1994 y 6 de junio de 1995 compareció Santiago Cabrera López. En los días 7 y 8
septiembre de 1995 depuso Nery Ángel Urízar García. Sin embargo, el testigo
compareció a una audiencia señalada con el mismo fin para el 29 de noviembre
1995.
el
de
de
no
de
10.
El 8 de noviembre de 1994 la Comisión solicitó al Estado información sobre
las investigaciones internas que se hubieran realizado en el caso. Dicha solicitud fue
respondida por el Estado, mediante el envío de informaciones periodísticas, el 18 de
noviembre de 1994, y sobre información de los procedimientos seguidos, el 12 de
diciembre siguiente. Los peticionarios hicieron sus observaciones a esta información
el 9 de febrero de 1995.
11.
El 19 de diciembre de 1994 el Estado envió su dúplica en el caso, mientras
que los peticionarios, luego de una prórroga, hicieron sus observaciones el 9 de
febrero de 1995. El Estado adicionó a su respuesta un informe público y un
comunicado de prensa enviado el 13 de marzo de 1995, información que fue
contestada por los peticionarios el 3 de agosto de 1995.
12.
El 27 de junio de 1995 la Comisión recibió una nueva solicitud de medidas
cautelares, esta vez en favor de Julio E. Arango Escobar, quien actuaba como fiscal
especial en el caso Bámaca Velásquez y había sido víctima de un presunto atentado
por su relación con el mismo. El 21 de julio del mismo año el Estado respondió a
dicha solicitud. Al respecto, no se dieron nuevas actuaciones porque Arango Escobar
renunció a su cargo.
13.
El 20 de diciembre de 1995 la Comisión informó a las partes que el caso
Bámaca Velásquez sería tramitado de manera independiente con respecto al de los
otros combatientes de la URNG. En enero de 1996 los peticionarios enviaron a la
Comisión copia del expediente judicial guatemalteco relacionado con el caso Bámaca
Velásquez.
14.
El 17 de enero de 1996 la Comisión recibió una nueva solicitud de adopción
de medidas cautelares en favor de las personas que “tuvieran relación con la
investigación y trámite del caso Bámaca [Velásquez]”.
Las personas que se
solicitaba fuesen protegidas eran Lesbia Pevalan, Rodolfo Azmitia, Jennifer Harbury y
José E. Pertierra. Esta solicitud surgió a raíz de un supuesto atentado contra Pertierra
ocurrido el 5 de enero de 1996. El 27 de febrero de 1996 el Estado envió un informe
sobre las medidas cautelares adoptadas.
15.
El 16 de febrero de 1996 el Estado envi�� su informe sobre el caso Bámaca
Velásquez.
16.
El 7 de marzo de 1996 la Comisión aprobó, en su 91º Período de Sesiones, el
Informe No. 7/96, en cuya parte dispositiva decidió lo siguiente:
1
A la luz de la información y las observaciones presentadas […,] que el
Estado de Guatemala ha violado los derechos humanos a la vida, a la