11 (Retirado 2002), Alias Catori, Alias Bula, Alias Pambelé, Alias Guayabo, Alias Diablito, Alias Peque, Alias Colita, Alias Manito. Para establecer si el Estado de Colombia ha cumplido con el deber de identificar e investigar los miembros de este grupo paramilitar, si estos han recibido beneficios jurídicos o económicos en el marco jurídico del proceso de desmovilización. 41. El Presidente estima pertinente requerir al Estado que presente, a más tardar el 4 de febrero de 2012, información completa y actualizada sobre el estado actual de las investigaciones relacionados en los antecedentes y los hechos posteriores al desplazamiento, en los términos referidos por los representantes, así como información actualizada sobre las investigaciones disciplinarias adelantadas por los hechos que se habrían iniciado a partir de agosto de 2003, referenciadas por la Comisión en su Informe de fondo. Las partes y la Comisión podrán referirse a esta documentación en sus alegatos finales, si lo consideran necesario. En cuanto al resto de información solicitada, en su debida oportunidad se decidirá acerca de la pertinencia de requerirla. POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, De conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte y con los artículos 4, 15.1, 26.1, 31.2, 45, 47, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58 y 60 del Reglamento del Tribunal, RESUELVE: 1. Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad con el principio de economía procesal y en ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas propuestas por los representantes presten sus declaraciones ante fedatario público (afidávit): A) Presuntas víctimas 1) Jerónimo Pérez Argumedo, quién declarará sobre la forma en que habrían ocurrido los hechos, antes, durante y después de la Operación Génesis; sobre la orden que habrían recibido de desplazarse y del dialogo que sostuvieron con miembros del Ejército Nacional y grupos paramilitares para pedirles que los dejaran permanecer en el territorio sin tener que desplazarse a Turbo, y sobre la situación de desplazamiento enfrentada; 2) Marco Fidel Velázquez Ulloa, quién declarará sobre la forma en que habrían ocurrido los hechos, antes, durante y después del la Operación Génesis; la estigmatización sufrida al ser señalados como guerrilleros, as�� como un supuesto diálogo que sostuvo con el comandante de la Brigada 17 quien habría manifestado que no podía garantizar la seguridad de la zona para que regresaran; 3) Alicia Mosquera Hurtado, quién declarará sobre el presunto pánico que generó la operación armada en Bijao; sobre las presuntas afectaciones padecidas como mujer y madre de familia provocadas por la salida de su comunidad y su casa y por la

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