-17B. Admisión de la prueba documental 45. En el presente caso, la Corte admite aquellos documentos remitidos por las partes en la oportunidad procesal debida (supra párrs. 5 a 7) que no fueron controvertidos ni objetados, ni cuya autenticidad fue puesta en duda39. 46. En cuanto a las notas de prensa presentados por las partes y la Comisión junto con sus distintos escritos, la Corte ha considerado que podrán ser apreciados cuando recojan hechos públicos y notorios o declaraciones de funcionarios del Estado, o cuando corroboren aspectos relacionados con el caso, por lo que decide admitir los documentos que se encuentren completos o que, por lo menos, permitan constatar su fuente y fecha de publicación, y los valora tomando en cuenta el conjunto del acervo probatorio, las observaciones de las partes y las reglas de la sana crítica40. Igualmente, con respecto a algunos documentos señalados por las partes por medio de enlaces electrónicos, el Tribunal ha establecido que si una parte proporciona al menos el enlace electrónico directo del documento que cita como prueba y es posible acceder a éste, no se ve afectada la seguridad jurídica ni el equilibrio procesal, porque es inmediatamente localizable por el Tribunal y por las otras partes 41. En cuanto a los videos presentados por los representantes, los cuales no fueron impugnados ni su autenticidad cuestionada, esta Corte apreciará su contenido dentro del contexto del acervo probatorio y aplicando las reglas de la sana crítica42. 47. En relación con artículos o textos en los cuales se señalen hechos relativos a este caso, la Corte considera que se trata de obras escritas que contienen declaraciones o afirmaciones de sus autores para su difusión pública. En tal sentido, la valoración de sus contenidos no se encuentra sujeta a las formalidades requeridas para las pruebas testimoniales. No obstante, su valor probatorio dependerá de que corroboren o se refieran a aspectos relacionados con el caso concreto43. B.1. Prueba documental presentada con posterioridad a los escritos de solicitudes y argumentos o al escrito de contestación 48. El 11 de septiembre de 2012, los representantes remitieron una decisión judicial emitida por el Juzgado Octavo del Circuito Especializado de Bogotá de 23 de Agosto de 2012 44 en relación con lo que consideraron un hecho superviniente por haber tenido lugar con posterioridad al momento de presentación del escrito de solicitudes. Tanto la Comisión como el mismo Estado45 solicitaron que dicha prueba fuera incorporada al expediente del caso. En 39 Cfr. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Fondo. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4, párr. 140, y Caso García Lucero y Otras Vs. Chile, párr. 47. 40 48. Cfr. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Fondo, párr. 146, y Caso García Lucero y Otras Vs. Chile, párr. 41 Cfr. Caso Escué Zapata Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No. 165, párr. 26, y Caso García Lucero y Otras Vs. Chile, párr. 49. 42 Cfr. Caso Ríos y otros Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de enero de 2009. Serie C No. 194, párr. 93, y Caso Mendoza y otros Vs. Argentina, párr. 56. 43 Cfr. Caso Radilla Pacheco Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23 de Noviembre de 2009. Serie C No. 209, párr. 72, y Caso Masacres de El Mozote y lugares aledaños Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas, párr. 37. 44 La resolución emitida se refiere a la sentencia a través de la cual el General Rito Alejo del Rio fue declarado penalmente responsable por el homicidio de Marino López Mena. Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá, radicación 2009-063, Procesado Rito Alejo del Río, sentencia de 23 de agosto de 2012. 45 Al respecto el Estado señaló que “la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Octavo del Circuito Especializado de Bogotá, el 23 de agosto de 2012, es un documento informativo útil para conocer de los avances y desarrollos de un proceso penal, relacionado con los hechos litigiosos del caso López y otros-Operación Génesis vs.

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