-97propiedades (supra párr. 102). La Fiscalía General de la Nación y el Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá516 también relataron esas circunstancias. Por su parte, el Estado únicamente reconoció que los paramilitares eran responsables por la muerte de Marino López y no controvirtió los otros actos que habrían realizado contra los pobladores de la Cuenca del Cacarica. 259. En tercer lugar, el Tribunal nota que hay una serie de elementos de prueba en los cuales se indica que cuando los paramilitares estaban desarrollando la “Operación Cacarica”, llegaron a la localidad de Teguerré, se habrían encontrado con las Fuerzas Armadas y habrían efectuado operaciones conjuntas sobre algunos de los objetivos militares fijados en la orden de operaciones 004. En particular, habrían participado en los ataques a los objetivos Teguerré (Objetivo N°5); Tamboral (Objetivo N°1); Caño Seco y Bocas de Guineo (Objetivo N°4), y La Loma de Salaquí (Objetivo N°2). Esa hipótesis reposa sobre los siguientes elementos de prueba: a) conclusiones del Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá 517; b) documentos presentados por la Fiscalía General de la Nación en los cuales se tuvo en cuenta las declaraciones de los algunos paramilitares y su ulterior verificación 518; c) testimonios de pobladores que habrían percibido a paramilitares efectuar operaciones junto con integrantes de las Fuerzas Armadas519, y d) versiones libres de paramilitares desmovilizados 520. 260. Por su parte, como fuera señalado, el Estado controvirtió esa información e indicó que: a) en la Operación Génesis sólo intervinieron tropas regulares; b) no es política del Estado trabajar en unidad de acción con los grupos de autodefensas ilegales; c) no es un patrón o práctica sistemática la connivencia con autodefensas; d) el Estado no es responsable del desplazamiento, ni su Operación Génesis, sino que son las FARC; e) no se acepta la denominación “operaciones conjuntas” para aludir a supuestas acciones ejecutadas entre miembros del Ejército Nacional y miembros de los grupos armados al margen de la ley, y f) es contradictorio afirmar que el Estado no adoptó medidas para proteger a la comunidad cuando al mismo tiempo se reconoce que las Fuerzas Militares se encontraban en la región realizando operaciones. 261. El Estado agregó que los informes de marzo de 1997, posteriores a las primeras fases de la Operación Génesis, no hacen alusión a misiones conjuntas con grupos paramilitares, lo cual también se predica de algunas versiones libres de paramilitares 521. A la vez, el Estado señaló 516 Cfr. Cfr. Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá, radicación 2009-063, Procesado Rito Alejo del Río, sentencia de 23 de agosto de 2012 (expediente de prueba, folio 14803). 517 Cfr. Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá, radicación 2009-063, Procesado Rito Alejo del Río, sentencia de 23 de agosto de 2012 (expediente de prueba, folio 14808). 518 Cfr. Fiscalía General de la Nación, documento y presentación de Powerpoint “Operación Cacarica” (expediente de prueba, folios 19255 a 19258). Asimismo Fiscalía General de la Nación, Unidad de Justicia y Paz, Dossier del Bloque Elmer Cárdenas, Estructuras Entregadas por Fredy Rendón e Informe N°260 de 25 de junio de 2012 (expediente de prueba, folios 45293 y 45156). 519 Cfr. Declaración rendida ante fedatario público (affidavit) por Jerónimo Pérez Argumedo, en 21 de enero de 2013 (expediente de prueba, folios 14923 a 14925). 520 Cfr. Versiones libre de Fredy Rendón Herrera, en Versiones Libres conjuntas de los postulados del Bloque Elmer Cárdenas sobre la Operación Génesis – Cacarica, Medellín, en 30 de abril de 2010, Alberto García Sevilla, ante la Fiscalía General de la Nación Unidad de Justicia y Paz, en 28 de octubre de 2008 y C.A.F. Alvarez en Versiones Libres conjuntas de los postulados del Bloque Elmer Cárdenas sobre la Operación Génesis – Cacarica el 8 de mayo de 2008 (expediente de prueba, folios 19220, 19253, 18396); Versión libre Edwin Alberto Romero Cano el 24 de marzo de 2011 en Fiscalía General de la Nación, DVD “Subclips postulados 2. Operación Génesis. Vers. Libres” (expediente de prueba, video minutos 00:45 y 03:18, folio 44537); Versión libre y declaración de William Manuel Soto Salcedo, en manifestaciones de los postulados del Bloque Elmer Cárdenas con relación a la Operación Génesis – Cacarica, Medellín, el 29 de abril de 2010 y ante la Fiscalía General de la Nación Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitariode, el 5 de diciembre de 2011 (expdiente de prueba, folios 17896 y 17702); y Declaración de Luis Alirio Córdoba López, citado en la resolución de acusación en el proceso contra Rito Alejo del Rio de 26 de diciembre de 2008 (expediente de prueba, folio 17541). 521 Cfr. La Corte constata en particular que las versiones libres que sustentan esta hipótesis son las siguientes:, Manifestaciones de postulados del extinto Bloque Elmer Cárdenas AC, con relación a la denominada “Operación a

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