-97propiedades (supra párr. 102). La Fiscalía General de la Nación y el Juzgado Octavo Penal del
Circuito Especializado de Bogotá516 también relataron esas circunstancias. Por su parte, el
Estado únicamente reconoció que los paramilitares eran responsables por la muerte de Marino
López y no controvirtió los otros actos que habrían realizado contra los pobladores de la Cuenca
del Cacarica.
259. En tercer lugar, el Tribunal nota que hay una serie de elementos de prueba en los cuales
se indica que cuando los paramilitares estaban desarrollando la “Operación Cacarica”, llegaron a
la localidad de Teguerré, se habrían encontrado con las Fuerzas Armadas y habrían efectuado
operaciones conjuntas sobre algunos de los objetivos militares fijados en la orden de
operaciones 004. En particular, habrían participado en los ataques a los objetivos Teguerré
(Objetivo N°5); Tamboral (Objetivo N°1); Caño Seco y Bocas de Guineo (Objetivo N°4), y La
Loma de Salaquí (Objetivo N°2). Esa hipótesis reposa sobre los siguientes elementos de
prueba: a) conclusiones del Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá 517; b)
documentos presentados por la Fiscalía General de la Nación en los cuales se tuvo en cuenta las
declaraciones de los algunos paramilitares y su ulterior verificación 518; c) testimonios de
pobladores que habrían percibido a paramilitares efectuar operaciones junto con integrantes de
las Fuerzas Armadas519, y d) versiones libres de paramilitares desmovilizados 520.
260. Por su parte, como fuera señalado, el Estado controvirtió esa información e indicó que:
a) en la Operación Génesis sólo intervinieron tropas regulares; b) no es política del Estado
trabajar en unidad de acción con los grupos de autodefensas ilegales; c) no es un patrón o
práctica sistemática la connivencia con autodefensas; d) el Estado no es responsable del
desplazamiento, ni su Operación Génesis, sino que son las FARC; e) no se acepta la
denominación “operaciones conjuntas” para aludir a supuestas acciones ejecutadas entre
miembros del Ejército Nacional y miembros de los grupos armados al margen de la ley, y f) es
contradictorio afirmar que el Estado no adoptó medidas para proteger a la comunidad cuando al
mismo tiempo se reconoce que las Fuerzas Militares se encontraban en la región realizando
operaciones.
261. El Estado agregó que los informes de marzo de 1997, posteriores a las primeras fases de
la Operación Génesis, no hacen alusión a misiones conjuntas con grupos paramilitares, lo cual
también se predica de algunas versiones libres de paramilitares 521. A la vez, el Estado señaló
516
Cfr. Cfr. Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá, radicación 2009-063, Procesado Rito Alejo
del Río, sentencia de 23 de agosto de 2012 (expediente de prueba, folio 14803).
517
Cfr. Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá, radicación 2009-063, Procesado Rito Alejo del
Río, sentencia de 23 de agosto de 2012 (expediente de prueba, folio 14808).
518
Cfr. Fiscalía General de la Nación, documento y presentación de Powerpoint “Operación Cacarica” (expediente
de prueba, folios 19255 a 19258). Asimismo Fiscalía General de la Nación, Unidad de Justicia y Paz, Dossier del Bloque
Elmer Cárdenas, Estructuras Entregadas por Fredy Rendón e Informe N°260 de 25 de junio de 2012 (expediente de
prueba, folios 45293 y 45156).
519
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público (affidavit) por Jerónimo Pérez Argumedo, en 21 de enero de
2013 (expediente de prueba, folios 14923 a 14925).
520
Cfr. Versiones libre de Fredy Rendón Herrera, en Versiones Libres conjuntas de los postulados del Bloque Elmer
Cárdenas sobre la Operación Génesis – Cacarica, Medellín, en 30 de abril de 2010, Alberto García Sevilla, ante la
Fiscalía General de la Nación Unidad de Justicia y Paz, en 28 de octubre de 2008 y C.A.F. Alvarez en Versiones Libres
conjuntas de los postulados del Bloque Elmer Cárdenas sobre la Operación Génesis – Cacarica el 8 de mayo de 2008
(expediente de prueba, folios 19220, 19253, 18396); Versión libre Edwin Alberto Romero Cano el 24 de marzo de 2011
en Fiscalía General de la Nación, DVD “Subclips postulados 2. Operación Génesis. Vers. Libres” (expediente de prueba,
video minutos 00:45 y 03:18, folio 44537); Versión libre y declaración de William Manuel Soto Salcedo, en
manifestaciones de los postulados del Bloque Elmer Cárdenas con relación a la Operación Génesis – Cacarica, Medellín,
el 29 de abril de 2010 y ante la Fiscalía General de la Nación Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho
Internacional Humanitariode, el 5 de diciembre de 2011 (expdiente de prueba, folios 17896 y 17702); y Declaración de
Luis Alirio Córdoba López, citado en la resolución de acusación en el proceso contra Rito Alejo del Rio de 26 de
diciembre de 2008 (expediente de prueba, folio 17541).
521
Cfr. La Corte constata en particular que las versiones libres que sustentan esta hipótesis son las siguientes:,
Manifestaciones de postulados del extinto Bloque Elmer Cárdenas AC, con relación a la denominada “Operación a
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