-64hechos nuevos no conocidos a la época de decidir la preclusión 313. La nueva prueba referida en la decisión consiste en las versiones libres de Éver Veloza García314, Salvatore Mancuso Gómez315 y Jorge Iván Leverde Zapata316, miembros de grupos paramilitares, rendidas ante la Unidad de Justicia y Paz de la FGN, como también la declaración de Elkin Casarrubia Posada ante la UDH-FGN317. 154. El 27 de abril de 2009 el Fiscal General de la Nación emitió una resolución mediante la cual ordenó remitir la actuación a la Dirección Nacional de Fiscalías para que se disponga qué funcionario continuaría la investigación318. Por ende, el 18 de mayo de 2009 mediante resolución N° 0-1973 del Fiscal General de la Nación, se asignó el conocimiento de la causa a la Fiscalía 20 UNDH-DIH319, la que se avocó al caso abriendo nuevamente la investigación contra Del Río Rojas y ordenando el 2 de julio del 2009 ampliar la diligencia indagatoria320. 155. En la ampliación de indagatoria, Del Río se negó a declarar aduciendo desconocer una serie de pruebas que le impedían ejercer su derecho de defensa y además, reclamó para sí el fuero constitucional321, que implica el conocimiento del caso por parte del Fiscal General de la Nación a la causa (supra párr. 163) 322. Mediante resolución posterior, se fijó nueva fecha de 313 Cfr. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. Sentencia de acción de revisión (Proceso 30510), de 11 de marzo de 2009 (expediente de prueba, folio 2143). Véase también: Informe presentado por el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero de 2013 (expediente de prueba, folio 15507); Nota del Ministerio de Relaciones Exteriores de 27 de agosto de 2009 (expediente de prueba, folio 7625). 314 Cfr. Declaración juramentada que rinde el Sr. Évert Veloza García de 27 de enero de 2009. (expediente de prueba, folio 43453). 315 Cfr. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. Sentencia de acción de revisión (Proceso 30510), 11 de marzo de 2009 (expediente de prueba, folio 43596). Asimismo, Declaración rendida por Salvatore Mancuso Gómez en 16 de marzo de 2011 (expediente de prueba, folio 43955). 316 Cfr. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. Sentencia de acción de revisión (Proceso 30510), 11 de marzo de 2009 (expediente de prueba 43596). Asimismo, alegatos de la Procuraduría General de la Nación en Proceso de Revisión N° 30510 en 18 de febrero de 2009 (expediente de prueba, folio 1075). 317 Cfr. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. Sentencia de acción de revisión (Proceso 30510), 11 de marzo de 2009 (expediente de prueba, folio 43596). 318 Cfr. Despacho del Fiscal General de la NacióN° 27 de abril de 2004. Radicado 426, Cuaderno original No. 12 (expediente de prueba, folio 42455). Véase también: Informe presentado por el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero de 2013 (expediente de prueba, folio 15507). 319 Cfr. Resolución N° 0-1973, de 18 de mayo de 2009. Fiscalía General de la NacióN° Radicado 426, Cuaderno original No. 12 (expediente de prueba, folio 42481). Véase también: Informe presentado por el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero de 2013 (expediente de prueba, folio 15507). 320 Cfr. Resolución Fiscalía 20 Especializada UDH-DIH, de 19 de junio de 2009. Radicado 426, Cuaderno original No. 12 (expediente de prueba, folio 42496). 321 En fecha 14 de julio de 2009, la agente especial del Ministerio Público que intervino en la Audiencia de ampliación de indagatoria que fuera suspendida el 2 de julio de 2009, solicitó por escrito al Fiscal 20 Especializado que investigaba la causa, que se mantenga la competencia, pues el fuero constitucional tiene su fuente normativa en los Artículos 235 inciso 4° y 251 insico 1° de la Constitución Política de Colombia de 1991 (expediente de prueba, folios 42503, 42504, y 42506). 322 Cfr. Diligencia de Indagatoria rendida por Rito Alejo del Río Rojas ante la Fiscalía 20 UDH-DIH. 2 de julio de 2009 (prueba para mejor resolver, Radicado 426, Cuaderno original No. 12, expediente de prueba, folio 42500). Véase también: Informe presentado por el Estado con información completa y actualizada sobre el estado actual de las investigaciones relacionadas con los hechos del caso. 4 de febrero de 2013 (expediente e prueba, folio 15507).

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