RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 15 DE ABRIL DE 2010
SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES PRESENTADA POR
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RESPECTO DE VENEZUELA
ASUNTO BELFORT ISTÚRIZ Y OTROS
VISTO:
1.
El escrito de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la
Comisión Interamericana” o “la Comisión”) de 26 de febrero de 2010 y sus anexos,
mediante los cuales sometió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante
“la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) una solicitud de medidas provisionales,
de conformidad con los artículos 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
(en adelante “la Convención Americana” o “la Convención”) y 27 del Reglamento de la
Corte1 (en adelante “el Reglamento”), con el propósito de que la República Bolivariana de
Venezuela (en adelante “el Estado” o “Venezuela”) proteja el derecho a expresarse
libremente de los señores Raiza Elizabeth Istúriz de Belfort, Nelson Enrique Belfort Istúriz,
Antonio José Belfort Istúriz, Zayra Adela Belfort Istúriz y Luis Miguel Belfort, y de los
señores William Echeverria, Beatriz Alicia Adrián García, Leopoldo Castillo Atencio y María
Isabel Párraga (en adelante “los propuestos beneficiarios”), “manteniendo al aire las
estaciones radiales que integran el ‘Circuito Nacional Belfort’ y que fueron clausuradas por el
Estado, hasta tanto no se resuelva lo pertinente en el sistema interamericano”. Las
emisoras que integran dicho circuito incluirían Caraqueña Radioemisora (en Caracas),
Falconiana Radioemisora (en Punto Fijo), Máxima Junín (en Rubio), Zuliana Radioemisora
(en Maracaibo) y Valenciana Radioemisora (en Valencia).
2.
Los hechos alegados por la Comisión como fundamento de su solicitud de medidas
provisionales, a saber:
a)
“[e]l 3 de julio de 2009 el Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda[,]
luego de anunciar el inicio de un proceso de democratización del espectro radioeléctrico y de la
necesidad de frenar a medios que buscaban desestabilizar a Venezuela, indicó que la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones (en adelante “CONATEL”) llevaría a cabo un proceso para
establecer la posible revocatoria de las concesiones otorgadas a 240 emisoras de radio que no
cumplían con la ley. Este anuncio estuvo seguido de la decisión de ordenar la suspensión de la
trasmisión de 34 radioemisoras, 5 de las cuales hacían parte del llamado ‘Circuito Nacional
Belfort’”;
1
2009.
Aprobado por la Corte en su LXXXV Período Ordinario de Sesiones celebrado del 16 al 28 de noviembre de