RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 9 DE JULIO DE 2009
MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE VENEZUELA
ASUNTO LILIANA ORTEGA Y OTRAS
VISTO:
1.
La Resolución que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 27 de noviembre de
2002, mediante la cual resolvió, inter alia:
1.
Requerir al Estado que adopt[ara], sin dilación, cuantas medidas sean necesarias
para proteger la vida e integridad personal de Liliana Ortega, Yris Medina Cova, Hilda Páez
[Gilda Páez], Maritza Romero, Aura Liscano [Lizcano], Alicia de González y Carmen Alicia
Mendoza, todas integrantes de la organización no gubernamental Comité de Familiares de
Víctimas de los sucesos de Febrero-Marzo de 1989 (COFAVIC).
2.
Requerir al Estado que d[iera] participación a los peticionarios en la planificación e
implementación de las medidas de protección y que, en general, los mant[uviera]
informados sobre el avance de las medidas dictadas por la Corte Interamericana de
Derechos Humanos.
3.
Requerir al Estado que investig[ara] los hechos denunciados que dieron origen a
las presentes medidas con la finalidad de descubrir a los responsables y sancionarlos.
2.
Las Resoluciones de la Corte del 21 de febrero de 2003, 2 de diciembre de 2003
y 4 de mayo de 2004, mediante las cuales declaró, inter alia, que el Estado “no ha[bía]
implementado efectivamente las medidas provisionales” y se reiteraron dichas medidas
en favor de las beneficiarias.
3.
La Resolución que emitió el Tribunal el 1 de marzo de 2005, en la cual resolvió:
1.
Levantar las medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana de
Derechos humanos a favor de las señoras Yris Medina Cova y Carmen Alicia Mendoza,
mediante su Resolución de 27 de noviembre de 2002 y reiteradas en sus Resoluciones de
21 de febrero de 2003, 2 de diciembre de 2003 y 4 de mayo de 2004.