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5.
Que el Estado del Perú está obligado a reparar las consecuencias de esas
violaciones e indemnizar a los familiares de la víctima y a resarcirles los gastos en
que hayan incurrido en sus actuaciones ante las autoridades peruanas con ocasión
de ese proceso, para lo cual queda abierto el procedimiento correspondiente.
Redactada en español e inglés, haciendo fe el texto en español, en la sede de la
Corte en San José, Costa Rica, el día 3 de noviembre de 1997.
Hernán Salgado Pesantes
Presidente
Antônio A. Cançado Trindade
Héctor Fix-Zamudio
Alejandro Montiel Argüello
Máximo Pacheco Gómez
Alirio Abreu Burelli
Manuel E. Ventura Robles
Secretario
Leída en sesión pública en la sede de la Corte en San José, Costa Rica, el día 10 de
noviembre de 1997.
Comuníquese y ejecútese,
Hernán Salgado Pesantes
Presidente
Manuel E. Ventura Robles
Secretario