21
1.
Los Derechos de los Pueblos Indígenas en la Formación y Desarrollo del Derecho de
Gentes (Jus Gentium).
58.
En los últimos años, se vienen desarrollando proyectos (de declaraciones) y estudios, en
el ámbito de organizaciones internacionales (tanto las Naciones Unidas como la Organización de
los Estados Americanos - OEA), tendientes al reconocimiento del jus standi de los pueblos
indígenas (sea ante los órganos convencionales de derechos humanos de Naciones Unidas, sea
ante los tribunales internacionales - Cortes Interamericana y Europea - de derechos humanos).
En el marco de la aserción de la personalidad jurídica internacional, y del ejercicio de la
capacidad jurídica internacional, de los miembros de las comunidades indígenas, han asumido
especial importancia sus derechos a sus tierras ancestrales316.
59.
Se ha sugerido que estos ejercicios en los últimos años han sido movidos por un
imperativo ético, para rescatar una deuda histórica que la comunidad internacional siente tener
con los pueblos indígenas, para remediar y reparar las injusticias que les fueron causadas en los
planos tanto material como espiritual. Más que en relación con otras minorías, el despertar de la
conciencia humana, de la conciencia jurídica universal, para la necesidad de la consagración del
jus standi de los pueblos indígenas configurase como un verdadero imperativo ético para el
rescate de una deuda social histórica317. En nada sorprende, pues, que hoy día se multipliquen,
de modo alentador, los estudios dedicados a la protección de los derechos de los pueblos
indígenas318.
60.
Las violaciones de los derechos de los pueblos indígenas, y las reparaciones debidas a
éstos últimos, se encuentran, en efecto, en las raíces del proceso histórico de formación del
derecho de gentes, del jus gentium. Lo demuestran con vehemencia, en el siglo XVI, las célebres
Relecciones Teológicas de Francisco de Vitoria, en particular su célebre De Indis - Relectio Prior
(1538-1539), así como los Tratados Doctrinales (1552-1553) de Bartolomé de las Casas. Ambos
autores se fundamentaron en el jusnaturalismo para desarrollar sus sólidos argumentos en
defensa de los derechos de los pueblos indígenas.
61.
En sus célebres Relecciones del siglo XVI, F. de Vitoria insistió en la necesidad de fiel
observancia del principio de humanidad (invocando las reflexiones de Cícero), para enfrentar las
"muchas atrocidades y crueldades fuera de toda humanidad"319. Afirmó F. de Vitoria que no se
316
.
A. Meijknecht, Towards International Personality: The Position of Minorities and Indigenous Peoples in
International Law, Antwerpen/Groningen, Intersentia-Hart, 2001, p. 227, y cf. pp. 134, 172, 175 y 213.
317
.
Ibid., pp. 228 y 232-233.
318
.
Cf., inter alia, v.g., R. Stavenhagen y D. Iturralde, Entre la Ley y la Costumbre - El Derecho
Consuetudinario Indígena en América Latina, México, Instituto Indigenista Interamericano/IIDH, 1990, pp. 15388; R. Stavenhagen, Derecho Indígena y Derechos Humanos en América Latina, México, El Colegio de
México/IIDH, 1988, pp. 9-353; A.A. An-Na'im, Human Rights in Cross-Cultural Perspectives - A Quest for
Consensus, Philadelphia, University of Pennsylvania Press, 1992, pp. 189-384; P. Thornberry, International Law
and the Rights of Minorities, Oxford, Clarendon Press, 1992, pp. 329-382; P. Thornberry, Indigenous Peoples
and Human Rights, Manchester, University Press/Juris Publ., 2002, pp. 1-429; P. Pérez-Sales, R.B. Herzfeld y T.
Durán Pérez, Muerte y Desaparición Forzada en la Araucanía - Una Aproximación Étnica, Santiago de Chile, Ed.
LOM/Universidad Católica de Temuco, 1988, pp. 7-300; S.J. Anaya, Indigenous Peoples in International Law, 2a.
ed., Oxford, University Press, 2004, pp. 3-291; N. Rouland, S. Pierré-Caps y J. Poumarède, Direito das Minorias
e dos Povos Autóctones, Brasilia, Edit. Universidad de Brasilia, 2004, pp. 9-608; J. Castellino y N. Walsh (eds.),
International Law and Indigenous Peoples, Leiden, Nijhoff, 2005, pp. 89-116 y 249-267; S. Tristán Donoso,
Régimen de Propiedad de Pueblos Indígenas, Panamá, Centro de Asistencia Legal Popular, 1993, pp. 3-62; J.E.R.
Ordóñez Cifuentes (coord.), Análisis Interdisciplinario de la Declaración Americana de los Derechos de los
Pueblos Indígenas, México, UNAM, 2001, pp. 1-160.
319
.
Cf. F. de Vitoria, Relecciones del Estado, de los Indios y del Derecho de la Guerra, 2a. ed., México, Ed.
Porrúa, 1985 [reed.], pp. 95-96 y 98-99.
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents