Corte contar con mayores elementos e información al momento de decidir el presente caso, por lo que resulta procedente, conforme a los artículos 50.5 y 52.3 del Reglamento, conceder oportunidad a la Comisión de formular preguntas a la perita Carbonell Bellolio. POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, de conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte y con los artículos 4, 15, 26.1, 31.2, 35.1, 40.2, 41.1, 45, 46, 47, 50 a 56 y 60 del Reglamento de la Corte, RESUELVE: 1. Convocar a la República de Chile, los representantes de las presuntas víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública sobre las excepciones preliminares, y eventuales fondo, reparaciones y costas, que se celebrará de forma presencial el día miércoles 1 de febrero de 2023, a partir de las 09:00 horas durante el 155° Período Ordinario de Sesiones que se llevará a cabo en su sede en San José, Costa Rica, para recibir sus alegatos y observaciones finales orales, respectivamente, sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas, así como las declaraciones de las siguientes personas: A. Presunta Víctima Propuesta por los representantes 1. Iván Ernesto Carrasco Mora, quien declarará sobre: (i) la presunta desaparición forzada de su familiar; (ii) las actuaciones y diligencias desplegadas para la obtención de verdad y justicia; (iii) el impacto personal y familiar que tuvo la actuación del sistema judicial y la posterior aplicación de la prescripción gradual en el caso de su familiar, y (iv) el impacto a largo plazo que ha tenido en su vida la respuesta del Estado. B. Testigos Propuesto por el Estado 1. Milton Iván Juica Arancibia, se referirá al cambio de criterio en la Corte Suprema de Chile respecto a la no aplicación de la figura de la “media prescripción” o “prescripción gradual” del artículo 103 del Código Penal chileno, en casos de crímenes de lesa humanidad, y los argumentos jurídicos que desde el derecho internacional de los derechos humanos se utilizaron para ello. C. Peritos y peritas Propuesto por la Comisión 1. Juan Pablo Mañalich R., abogado y Doctor en Derecho, director del Instituto de Ciencias Penales, quien declarará sobre la obligación internacional de los Estados de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos de manera

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