RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
21 DE AGOSTO DE 2013
MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE EL SALVADOR
ASUNTO MELÉNDEZ QUIJANO Y OTROS
VISTO:
1.
Las Resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante también “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) emitidas el 12
de mayo de 2007, 26 de noviembre de 2007 y 2 de febrero de 2010. En esta última la
Corte resolvió:
1.
Levantar las medidas provisionales a favor de los beneficiarios José Roberto
Burgos Viale y Eurípides Manuel Meléndez Quijano
2.
Requerir al Estado que mantenga y adopte todas las medidas que sean
necesarias para proteger los derechos a la vida y a la integridad personal de Adrián
Meléndez Quijano, Marina Elizabeth García de Meléndez, Andrea Elizabeth Meléndez
García, Estefani Mercedes Meléndez García, Pamela Michelle Meléndez García, Adriana
María Meléndez García, Gloria Tránsito Quijano viuda de Meléndez, Sandra Ivette
Meléndez Quijano, Roxana Jacqueline Mejía Torres, Manuel Alejandro Meléndez Mejía,
Benjamín Cuéllar Martínez y Henry Paul Fino Solórzano
3.
Requerir al Estado que continúe llevando a cabo la implementación de las
medidas provisionales de común acuerdo con los beneficiarios de las mismas o sus
representantes para la efectiva protección de sus derechos y en observancia del
Considerando 16 de la […] Resolución.
4.
Reiterar al Estado que continúe informando a la Corte Interamericana de
Derechos Humanos cada dos meses sobre las medidas provisionales adoptadas, a partir
de la notificación de [la] Resolución, de conformidad con [su] Considerando 15 […], y
requerir a los beneficiarios de estas medidas o a sus representantes que presenten sus
observaciones dentro de un plazo de cuatro semanas contadas a partir de la notificación
de los informes del Estado, y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que
presente sus observaciones a dichos informes del Estado dentro de un plazo de seis
semanas contadas a partir de su recepción.
2.
Los escritos de 27 de mayo y de 19 octubre de 2010, 16 de marzo y 18 de
octubre de 2011, 5 de marzo y de 18 de septiembre de 2012, y de 20 de mayo de
2013, mediante los cuales el Estado de El Salvador (en adelante “El Salvador” o “el