3 10. Por resolución del Presidente de 20 de mayo de 1995, se convocó a las partes a una audiencia pública sobre excepciones preliminares a celebrarse el 13 de septiembre siguiente. La Comisión solicitó verbalmente la posposición de dicha audiencia y el Presidente, por resolución de 30 de junio de 1995, acogió dicha solicitud y fijó a tal efecto el 23 de septiembre del mismo año. 11. El 23 de mayo de 1995 el Gobierno presentó un escrito en el que rechazó “la pretendida caducidad de [su] derecho para deducir la defensa previa”. Con fecha 24 de agosto del mismo año la Comisión solicitó a la Corte que dicho escrito se tuviera por no presentado y se dispusiera su exclusión definitiva del expediente. El 18 de septiembre el Presidente comunicó que el mencionado escrito sería valorado en su oportunidad. 12. Por su parte, la Comisión por escrito de 29 de diciembre de 1995 presentó copia de la sentencia de 6 de octubre de ese año dictada por la Corte Suprema de Justicia en la cual se confirmó la condena contra María Elena Loayza Tamayo y otros por el delito de terrorismo y el Gobierno, el 22 de enero de 1996, solicitó rechazar dicho escrito y tenerlo por no presentado. El 30 de enero del mismo año, el Presidente comunicó que el escrito sería valorado oportunamente. 13. La audiencia pública tuvo lugar en la sede de la Corte el 23 de septiembre de 1995. Comparecieron por el Gobierno del Perú: Mario Cavagnaro Basile, agente Iván Carluis Fernández López, asesor por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Oscar Luján Fappiano, delegado Edith Márquez Rodríguez, abogada Domingo E. Acevedo, abogado José Miguel Vivanco, asistente Ariel E. Dulitzky, asistente. II 14. Alega la Comisión en su demanda que: a. El 6 de febrero de 1993 María Elena Loayza Tamayo, peruana, profesora de la Universidad San Martín de Porres, junto con un familiar suyo, Ladislao Alberto Huamán Loayza, fue arrestada por miembros de la División Nacional contra el Terrorismo (DINCOTE) de la Policía Nacional de Perú, en un inmueble de su propiedad ubicado en Calle Mitobamba, Manzana D, Lote 18, Urbanización los Naranjos, Distrito de los Olivos, Lima, Perú. Los agentes policiales no presentaron orden judicial de arresto ni mandato de la autoridad competente. La detención se produjo por la acusación de Angélica Torres García, alias

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