RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 29 DE NOVIEMBRE DE 2012 CASO BREWER CARÍAS VS. VENEZUELA VISTO: 1. La comunicación presentada el 11 de julio de 2012 dirigida al Presidente de la Corte Interamericana por el Juez Eduardo Vio Grossi, en la cual, dicho juez se excusó de participar en el caso Brewer Carías. 2. La carta de 7 de septiembre de 2012 dirigida al Juez Eduardo Vio Grossi por el Presidente de la Corte Interamericana, en la cual, en consulta con los demás jueces de la Corte, aceptó la excusa presentada por aquel para participar como juez en el presente caso. 3. Las notas de la Secretaría de la Corte 12 de septiembre de 2012, mediante las cuales se comunicó a las partes y a la Comisión la referida excusa del Juez Vio Grossi y su aceptación. 4. El escrito de la República Bolivariana de Venezuela (en adelante “el Estado” o “Venezuela”) recibido el 12 de noviembre de 2012 en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) mediante el cual, inter alia, manifestó que “rechaza” la excusa presentada por el Juez Vio Grossi. 5. La Resolución adoptada el 23 de noviembre de 2012 por el Presidente de la Corte en funciones, Juez Alberto Pérez Pérez, en relación con la recusación planteada por el Estado contra los Jueces Diego García-Sayán, Manuel E. Ventura Robles, Leonardo A. Franco, Margarette May Macaulay y Rhadys Abreu Blondet. 6. El escrito presentado el 23 de noviembre de 2012 por el Juez Eduardo Vio Grossi dirigido al Presidente de la Corte Interamericana, en la cual se refirió a lo manifestado por el Estado al “rechaza[r]” su excusa en el presente caso (supra Visto 4). CONSIDERANDO QUE: 1. El presente caso fue sometido al conocimiento de la Corte por la Comisión Interamericana el 7 de marzo de 2012. 2. Venezuela es Estado Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención Americana” o “la Convención”) desde el 9 de agosto de 1977 y reconoció la competencia contenciosa de la Corte el 24 de junio de 1981. Su competencia en este caso no ha sido controvertida. 3. Mediante comunicación recibida en la Corte el 11 de julio de 2012, dirigida al Presidente de la Corte Interamericana, el Juez Eduardo Vio Grossi presentó su excusa para conocer el presente

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