(…) El tratamiento médico no es recomendable, sino se retira a la persona de la fuente, o se elimina la fuente de
exposición. Se ha observado que los niños que reciben tratamiento médico y regresan a vivir a su fuente habitual,
contaminado con plomo, recuperan rápidamente los niveles presentados, previos al tratamiento; este incremento
agudo en las concentraciones de plomo en la sangre puede tener efectos adversos42.
56. En ese mismo sentido, el Diagnóstico de Línea de Base, que recopiló información hasta el año 2003 concluyó
que “la principal fuente de emisión de contaminantes en la ciudad de La Oroya es el complejo metalúrgico,
responsable de las emisiones de más del 99% del total de emisiones de material particulado, dióxido de azufre y
plomo”43. Esta situación también fue reconocida por el Consejo Nacional de Medio Ambiente, en el Plan de Acción
para la mejora de la calidad de aire en la cuenca atmosférica de La Oroya de 2006 en donde subrayó que:
(…) siendo evidente por el inventario de emisiones realizado que el Complejo Metalúrgico instalado en La Oroya
aporta el 99% de los contaminantes del aire presentes en la cuenca de La Oroya, haciéndose necesario un
seguimiento detallado al cumplimiento de las medidas que este macroemisor deberá cumplir para la disminución
de emisiones fugitivas y de chimeneas44.
57. Según información disponible, también se realizaron cuatro estudios en los años 1999 por la Dirección General
de Salud Ambiental del Ministerio de Salud 45, 2000 por el Consorcio Unión para el Desarrollo Sustentable UNES 46,
2001 por la empresa Doe Run Perú 47 y 2005 por la Dirección General de Salud del Ministerio de Salud 48 , que
acreditaron altos niveles de plomo en la sangre de los pobladores de La Oroya, y determinaron que ello ha generado
afectaciones a su salud. También atribuyeron dichos niveles de plomo a la actividad del complejo metalúrgico.
58. Tanto el primer informe realizado en 1999 por la Dirección General de Salud49 como el estudio elaborado por
la misma empresa Doe Run el año 200150, concluyeron que los niveles de plomo en la sangre de los niños y niñas
estaban por encima de los recomendados por la OMS. Al respecto, dichos informes establecieron:
El estudio realizado en 346 niños de 2 a 10 años de edad, en tres localidades de La Oroya presentó un promedio
de plomo de 33.6 ug/dl, donde el 99,1% sobrepasó el límite permisible (OMS). El 0.9% presentó valores menores
de 10 ug/dl los que corresponden a niños que recientemente se encontraban en la zona. Los valores más altos de
plomo en la sangre 38,6 ug/dl fueron detectados en el grupo etáreo correspondiente a los niños de 2 a 4 años de
edad”51.
“El estudio realizado en la población de La Oroya nos demuestra que los niveles promedio de plomo en sangre de
los niños está por encima de los recomendados en los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud y el
Centro para el Control de Enfermedades de Estados Unidos (10 ug/100 ml)52.
Anexo 20. Estudio de Plomo en Sangre en una Población Seleccionada de La Oroya, 1999. Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio
de Salud. Anexo 10 de la solicitud de medidas cautelares de 23 de noviembre de 2005.
43 Anexo 21. Diagnóstico de línea de base de calidad de La Oroya. Gesta Zonal del Aire, 2004. Anexo 6.4.1.8 del escrito del Estado de 12 de julio
de 2007.
44 Anexo 22. Decreto del Consejo Directivo N° 020-2006-CONAM/CD de 23 de junio de 2006. Anexo 1 a la petición inicial.
45 Anexo 23. Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, “Estudio de plomo en la sangre en una población seleccionada de La
Oroya”, 1999. Anexo 10 a la solicitud de medidas cautelares de 23 de noviembre de 2005.
46 Anexo 24. Consorcio Unión para el Desarrollo Sustentable UNES, “Evaluación de Niveles de Plomo y Factores de Exposición en Gestantes y
Niños Menores de tres años de la Ciudad de La Oroya”, 2000. Anexo 11 de la solicitud de medidas cautelares de 23 de noviembre de 2005.
47 Anexo 25. Doe Run Perú, “Estudio de niveles de plomo en la sangre de la población de La Oroya 2000-2001”, 2001. Anexo 5 de la solicitud de
medidas cautelares de 23 de noviembre de 2005.
48 Anexo 26. Dirección General de Salud del Ministerio de Salud. “Censo Hemático del Plomo y Evaluación Clínica-Epidemiológica en poblaciones
seleccionadas de La Oroya Antigua”, 2005. Anexo 9 de la solicitud de medidas cautelares de 23 de noviembre de 2005.
49 Anexo 26. Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, “Estudio de plomo en la sangre en una población seleccionada de La
Oroya”, 1999. Anexo 10 a la solicitud de medidas cautelares de 23 de noviembre de 2005.
50 Anexo 25. Doe Run Perú, “Estudio de niveles de plomo en la sangre de la población de La Oroya 2000-2001”, 2001. Anexo 5 de la solicitud de
medidas cautelares de 23 de noviembre de 2005.
51 Anexo 26. Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, “Estudio de plomo en la sangre en una población seleccionada de La
Oroya”, 1999. Anexo 10 a la solicitud de medidas cautelares de 23 de noviembre de 2005.
52 Anexo 25. Doe Run Perú, “Estudio de niveles de plomo en la sangre de la población de La Oroya 2000-2001”, 2001. Anexo 5 de la solicitud de
medidas cautelares de 23 de noviembre de 2005.
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