78 diligencias300. Asimismo, en febrero de 2005 se suscribió un acta de investigación penal, mediante la cual se dejó constancia de que se acudió a la finca El Roble con el fin de indagar sobre un vehículo que aparece mencionado en las actas, del cual se averiguó pertenece a la gobernación del estado Aragua, se realizó una entrevista al encargado de la finca y su esposa; esta última tenía asignado el referido vehículo, y se realizó una experticia de reconocimiento y avalúo, e inspección técnico policial del vehículo301. 215. El 2 de junio de 2005 la Fiscalía Décimo Sexta del Ministerio Público del estado Aragua (en adelante “Fiscalía Décimo Sexta”) reiteró la solicitud de la copia de las novedades de los días 3 y 4 de marzo de 2003 de la Comisaría de Guanayén y el 30 de mayo de 2005 informó a la Dirección de Protección de Derechos Fundamentales de la Fiscalía General de la República sobre el caso302. El 27 de marzo de 2006 la Fiscalía Décimo Sexta solicitó al Juez de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua el sobreseimiento de la causa por prescripción del delito de lesiones personales leves, solicitud que fue decidida favorablemente el 22 de noviembre de 2006303. 5. Investigación de la privación de libertad, las amenazas y las lesiones en perjuicio de Luisa del Carmen Barrios, Gustavo Ravelo, Jesús Ravelo, Elbira Barrios, Oscar José Barrios y Jorge Antonio Barrios Ortuño 216. El 28 de junio de 2004 se presentó una denuncia ante la Fiscalía Décimo Cuarta en relación con los hechos ocurridos el 19 de junio de 2004, en la cual se solicitó la práctica de determinadas diligencias304. El 23 de julio de 2004 la Fiscalía Vigésima ordenó el inicio de la investigación, “[v]isto el hecho noticioso publicado en el Diario el Siglo” el 300 Consistentes en: a) entrevista a Jorge Antonio Barrios Ortuño; b) el Cuerpo de Investigaciones puso en conocimiento de la Fiscalía Décimo Sexta la denuncia interpuesta por Rigoberto Barrios, y c) el Cuerpo de Investigaciones solicitó a las comisarias de Barbacoas y de Guanayen copias de los libros de novedades de los días 3 a 4 de marzo de 2004. Cfr. Declaración de Jorge Antonio Barrios Ortuño de 11 de marzo de 2004, supra nota 77, folios 4804 y 4805; Oficio No. 9700-044-1520 del Cuerpo de Investigaciones de 11 de marzo de 2004 (expediente de anexos al escrito de contestación, tomo I, anexo 5, folio 4788), y Oficios del Cuerpo de Investigaciones de 11 de marzo de 2004 (expediente de anexos al escrito de contestación, tomo I, anexo 5, folios 4807 y 4808). 301 Cfr. Acta de investigación penal del Cuerpo de Investigaciones de 21 de febrero de 2004 (expediente de anexos al escrito de contestación, tomo I, anexo 5, folios 4809 y 4810); Actas de entrevista a Didier Ali Leon Pereira y Lourdes Josefina Bedoya Torrealba del Cuerpo de Investigaciones de 22 y 23 de febrero de 2005 (expediente de anexos al escrito de contestación, tomo I, anexo 5, folios 4811 a 4813 y 4815 y 4816); Experticia de reconocimiento y avalúo de vehículo No. 65 del Cuerpo de Investigaciones de 23 de febrero de 2005 (expediente de anexos al escrito de contestación, tomo I, anexo 5, folio 4817), e Inspección técnico policial 285 del Cuerpo de Investigaciones de 23 de febrero de 2005 (expediente de anexos al escrito de contestación, tomo I, anexo 5, folio 4819). 302 Cfr. Oficios No. 05.F16.0838-05 y No. 05-F16-0888-05 de la Fiscalía Décimo Sexta de 30 de mayo y 2 de junio de 2005 (expediente de anexos al escrito de contestación, tomo I, anexo 5, folios 4822 y 4825). 303 Cfr. Solicitud de sobreseimiento de la Fiscalía Décimo Sexta de 27 de marzo de 2006 (expediente de anexos al escrito de contestación, tomo I, anexo 5, folios 4797 y 4798), y Auto de sobreseimiento del Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control del Décimo Circuito Judicial Penal de 22 de noviembre de 2006 (expediente de anexos al Informe No. 11/10 de la Comisión, anexos 1 al 5, tomo I, folio 3411). 304 Cfr. Denuncia presentada por Luis Aguilera el 28 de junio de 2004 (expediente de anexos al Informe No. 11/10 de la Comisión, tomo II, anexo 6, folios 3428 a 3434). Se solicitaron las siguientes diligencias: a) la apertura de las averiguaciones correspondientes; b) la práctica de experticia judicial al vehículo; c) experticia balística de una bala extraída del vehículo; d) copia del rol de guardia y libro de novedades de los comandos de Barbacoas y Guanayén; e) experticia de comparación balística a armas de fuego que portaban los funcionarios denunciados, y f) arresto de dos funcionarios policiales.

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