6. El 13 de marzo de 2006, durante el 124° período ordinario de sesiones de la Comisión
Interamericana, se realizó una audiencia sobre admisibilidad. El 21 de marzo de 2006 el
Estado presentó información adicional, que fue trasladada al peticionario el 31 de marzo de
2006 con una solicitud de observaciones. El peticionario remitió sus observaciones en una
comunicación recibida el 23 de mayo de 2006, fecha en que los peticionarios remitieron
además las opiniones técnicas de los doctores Judith Salgado y Orlando Alcívar Santos. Ambas
comunicaciones fueron transmitidas al Estado el 7 de julio de 2006, con una solicitud de
observaciones. El 29 de septiembre de 2006 se reiteró al Estado la comunicación de 7 de julio
de 2006. Hasta la fecha de elaboración del presente informe, el Estado no presentó las
observaciones solicitadas.
III.
POSICIONES DE LAS PARTES
A.
Los peticionarios
7. Sostienen los peticionarios que los magistrados de la Corte Suprema fueron designados
conforme a la disposición transitoria décimo sexta de las reformas a la Constitución de 1979,
aprobadas por el Congreso Nacional en 1997, que establece:
El Congreso Nacional designará por esta vez, a los treinta y un magistrados de la Corte
Suprema de Justicia, de una lista integrada por no menos de cuatro ni más de diez
candidatos propuestos por las siguientes entidades nominadoras de la sociedad civil:
1. Por los ex-Presidentes Constitucionales de la República;
2. Por la Conferencia Episcopal Ecuatoriana;
3. Por los ex-Presidentes de la Corte Suprema de Justicia;
4. Por la Federación Nacional de Abogados del Ecuador;
5. Por las asociaciones de Derechos Humanos;
6. Por los Decanos de las Facultades de Jurisprudencia, Derecho y Ciencias Jurídicas y los
miembros del Consejo Nacional de Universidades y Escuelas Politécnicas (CONUEP);
7. Por la Asociación Nacional de Directores de Periódicos, la Asociación Ecuatoriana de
Canales de Televisión y la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión;
8. Por los magistrados de las Cortes Superiores de Justicia y Tribunales Distritales de lo
Fiscal y de lo Contencioso Administrativo y la Federación Nacional de Empleados y
Funcionarios Judiciales;
9. Por las centrales sindicales, las organizaciones campesinas y los maestros y
educadores organizados en la UNE y FENAPUPE;
10. Por las organizaciones de los pueblos indios y afro-ecuatorianos del Ecuador;
11. Por el Consorcio de Consejos Provinciales del Ecuador y la Asociación de
Municipalidades del Ecuador; y,
12. Por las Cámaras de la Producción y Artesanía.
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