inseguridad y desconfianza”35. Asimismo, indicó que “transportada esa personalidad al hecho que
nos ocupa […] su actuación es el fiel reflejo de su personalidad”36.
A.3 Recurso de Casación
33. El 29 de septiembre de 1997 la defensa del señor Gorigoitía interpuso un recurso de casación
solicitando la nulidad de la sentencia condenatoria37. En dicho recurso plantearon la falta de
motivación alegando que: “[…] el dolo es un hecho y como tal debe probarse como cualquier
hecho, nunca en los hechos afirmados en la sentencia el tribunal ha podido demostrar la existencia
de este elemento constitutivo de la culpabilidad, porque no basta la mera enunciación de los
mismos, ni las circunstancias que rodearon lo acaecido la noche del 31 de agosto de 1996. […]
Cada afirmación jurídica debe ser probada por su antecedente inmediato y […] la prueba se debe
munir (sic) de hechos que derivan ‘razonablemente en la consecuencia jurídica’ y no en la
enunciación de los mismos38 […] El dolo es un hecho psíquico que pertenece al fuero íntimo del
autor, debiendo responder por lo que él tuvo intención de cometer […]39”.
34. La defensa del señor Gorigoitía también planteó la arbitrariedad de la sentencia condenatoria
de primera instancia, manifestando que “con los mismos argumentos esgrimidos para condenar
al señor Raúl Oscar Gorigoitía por el delito de homicidio simple […] excluye de toda sospecha al
Sargento Hugo Felix Sarmiento”, quien también efectuó dos disparos hacia el vehículo del señor
Gómez Romagnoli “el primero no dio en el blanco y el segundo impactó en la cubierta trasera
derecha y fue el que provocó la inmediata detención del auto”40. La defensa cuestionó “[…] si el
actuar del Cabo primero Sarmiento está justificado ¿por qué no lo está también para Gorigoitía?” 41.
Por último, la defensa cuestionó la valoración jurídica del dolo eventual pues “se sustenta en la
personalidad el imputado, y en la violación a los reglamentos policiales” 42.
35. La Cámara Primera concedió el recurso y elevó las actuaciones a la Suprema Corte de Justicia
de Mendoza (en adelante la “Suprema Corte de Mendoza”), la cual resolvería sobre el fondo del
asunto43. El 19 de diciembre de 1997 la Sala Segunda de la Suprema Corte de Mendoza (en
adelante “la Sala Segunda”) resolvió rechazar el recurso de casación por falta de motivación y
ausencia de determinación concreta del agravio 44. Al respecto, la Sala Segunda señaló que el
recurso “debe ser motivado y que esta motivación debe ser suministrada por la parte recurrente
en el mismo escrito de interposición determinando concretamente el agravio tanto en lo referente
Cfr. Sentencia del Poder Judicial de Mendoza, Expediente N° 16.073 “F. c/ Gorigoitía Oscar Raúl p/ Homicidio
Simple” y su acumulada, Sala de Acuerdos de Cámara Primera del Crimen, 12 de septiembre de 1997 (expediente de
prueba, folio 86).
36
Cfr. Sentencia del Poder Judicial de Mendoza, Expediente N° 16.073 “F. c/ Gorigoitía Oscar Raúl p/ Homicidio
Simple” y su acumulada, Sala de Acuerdos de Cámara Primera del Crimen, 12 de septiembre de 1997 (expediente de
prueba, folio 87).
37
Cfr. Sentencia del Recurso de Casación Penal, presentado ante la Cámara Primera del Crimen de Mendoza, 29 de
septiembre de 1997 (expediente de prueba, folios 134 y ss).
38
Cfr. Recurso de Casación Penal, interpuesto por Adolfo V. MORENO, defensor de Oscar Raúl Gorigoitía, el 29 de
septiembre de 1997, ante la Cámara Primera del Crimen de Mendoza (expediente de prueba, folio 150).
39
Cfr. Recurso de Casación Penal, interpuesto por Adolfo V. MORENO, defensor de Oscar Raúl Gorigoitía, el 29 de
septiembre de 1997, ante la Cámara Primera del Crimen de Mendoza (expediente de prueba, folio 151).
40
Cfr. Recurso de Casación Penal, interpuesto por Adolfo V. MORENO, defensor de Oscar Raúl Gorigoitía, el 29 de
septiembre de 1997, ante la Cámara Primera del Crimen de Mendoza (expediente de prueba, folio 151).
41
Cfr. Recurso de Casación Penal, interpuesto por Adolfo V. MORENO, defensor de Oscar Raúl Gorigoitía, el 29 de
septiembre de 1997, ante la Cámara Primera del Crimen de Mendoza (expediente de prueba, folio 152).
.42
Cfr. Recurso de Casación Penal, interpuesto por Adolfo V. MORENO, defensor de Oscar Raúl Gorigoitía, el 29 de
septiembre de 1997, ante la Cámara Primera del Crimen de Mendoza (expediente de prueba, folio 154).
43
Cfr. Sentencia del Poder Judicial de Mendoza, Expediente No. 16.093 y Acum. Ac. Civil y F.c/Gorigoitía Guerrero,
Oscar R. p/Homicidio”, 29 de septiembre de 1997 (expediente de prueba, folio 903).
44
Cfr. Sentencia del Poder de Mendoza, Expediente No. 63.145: “F. c/ Gorigoitía Guerrero, Oscar” Corte Suprema
de Justicia de Mendoza, 19 de diciembre de 1997 (expediente de prueba, folio 159).
35
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