la discrecionalidad de las autoridades para recibir paquetería o las cantidades de ingreso
de comida y agua y otros productos. Incluso, en ocasiones se entregarían dichos
alimentos una vez que se encuentran en estado de caducidad. De igual forma, los
familiares de las personas privadas de libertad son víctimas de actos de hostigamiento
y acoso policial en el momento de las visitas, lo que incluiría tocamientos indebidos,
extensas revisiones y amenazas de represalias contra las personas detenidas en caso de
denunciar públicamente los hechos cometidos, lo que dificultaría la posibilidad de
acceder a información sobre la situación de las personas privadas de libertad 5.
A.2 Contexto de riesgo y vulnerabilidad de los pobladores de las
comunidades indígenas de la Costa Caribe Norte de Nicaragua
10. La Comisión indicó que la situación de riesgo en la que viven las comunidades
indígenas de la Región Costa Caribe Norte de Nicaragua ya ha sido analizada por la
Comisión y por la Corte Interamericana en el Asunto Pobladores de las Comunidades del
Pueblo Indígena Miskitu de la Región Costa Caribe Norte respecto de Nicaragua 6. Señaló
CIDH. Resolución No. 20/2023. Medidas Cautelares No. 738-22, supra, párr. 25.
El 14 de octubre de 2015, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de los miembros de las
comunidades Esperanza, Santa Clara, Wisconsin, Francia Sirpi del pueblo indígena Miskitu de Wangki TwiTasba Raya (CIDH, Resolución No. 37/15, MC 505-15, Miembros de las comunidades indígenas “Esperanza,
Santa Clara, Wisconsin y Francia Sirpi” del pueblo Miskitu de Wangki Twi-Tasba Raya, Nicaragua, 14 de octubre
de 2015). El 16 de enero de 2016 se ampliaron las medidas cautelares para abarcar a los miembros de las
comunidades indígenas Santa Fe, Esperanza Río Coco, San Jerónimo, Polo Paiwas, Klisnak del Territorio
Indígena Miskitu Wanki Li Aubra y Wiwinak del Territorio Indígena Miskitu Li Lamni Tasbaika Kum (CIDH,
Resolución No. 2/16, MC 505-15, Pueblo Indígena Miskitu de Wangki Twi-Tasba Raya, Nicaragua, 16 de enero
de 2016). El 8 de agosto de 2016 se volvieron a ampliar las medidas cautelares para abarcar a los miembros
de las comunidades indígenas Naranjal y Cocal del Territorio Indígena Wangki Li Aubra (CIDH, Resolución No.
44/16, MC 505-15, Pueblo Indígena Miskitu de Wangki Twi-Tasba Raya, Nicaragua, 8 de agosto de 2016).
Asimismo, el 13 de febrero de 2022, se ampliaron las medidas cautelares para abarcar a los pobladores de las
comunidades Musawas, Suniwas y Wilú del Territorio Mayangna Sauni As, en la Región Autónoma de la Costa
Caribe Norte de Nicaragua (CIDH. Resolución No. 9/22, MC-505-15, Indígenas de las Comunidades Musawas,
Suniwas y Wilú del Territorio Mayangna Sauni As en la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte, Nicaragua,
13 de febrero de 2022). Tras identificarse situaciones concretas de riesgo extremo respecto de personas
beneficiarias de medidas cautelares, la Comisión solicitó medidas provisionales ante la Corte Interamericana
en los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2021. Tras analizar el cumplimiento de los requisitos del artículo 63.2
de la Convención Americana, la Corte Interamericana otorgó y amplió medidas provisionales en el “Asunto
Pobladores de las Comunidades del Pueblo Indígena Miskitu de la Región Costa Caribe Norte”. El 1 de
septiembre de 2016 la Corte otorgó medidas provisionales en favor de los miembros de las comunidades
Klisnak, Wisconsin, Wiwinak, San Jerónimo y Francia Sirpi (Corte IDH. Asunto Pobladores de las Comunidades
del Pueblo Indígena Miskitu de la Región Costa Caribe Norte respecto de Nicaragua. Solicitud de Medidas
Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 1 de septiembre de 2016). Las
medidas fueron ampliadas en favor de los miembros de la comunidad de Esperanza Río Coco el 23 de
noviembre de 2016 (Corte IDH. Asunto Pobladores de las Comunidades del Pueblo Indígena Miskitu de la
Región Costa Caribe Norte respecto de Nicaragua. Resolución de la Corte IDH de 23 de noviembre de 2016).
Asimismo, el Presidente de la Corte amplió las medidas provisionales en favor de los miembros de la
Comunidad Esperanza Río Wawa el 30 de junio de 2017 (Corte IDH. Asunto Pobladores de las Comunidades
del Pueblo Indígena Miskitu de la Región Costa Caribe Norte respecto de Nicaragua. Ampliación de Medidas
Provisionales. Resolución del Presidente de la CIDH de 30 de junio de 2017). Las medidas otorgadas en junio
de 2017 fueron ratificadas por el pleno de la Corte el 22 de agosto de 2017 (Corte IDH. Asunto Pobladores de
las Comunidades del Pueblo Indígena Miskitu de la Región Costa Caribe Norte respecto de Nicaragua.
Ampliación de Medidas Provisionales. Resolución de la Corte IDH de 22 de agosto de 2017). El 6 de febrero de
2020, las medidas provisionales fueron ampliadas en favor de los miembros de la Comunidad Santa Clara
(Corte IDH. Asunto Pobladores de las Comunidades del Pueblo Indígena Miskitu de la Región Costa Caribe
Norte respecto de Nicaragua. Ampliación de Medidas Provisionales. Resolución de la Corte IDH de 6 de febrero
de 2020). Por último, las medidas provisionales fueron ampliadas nuevamente el 14 de octubre de 2021 en
favor de los miembros de la Comunidad Santa Fe (Corte IDH. Asunto Pobladores de las Comunidades del
Pueblo Indígena Miskitu de la Región Costa Caribe Norte respecto de Nicaragua. Ampliación de Medidas
Provisionales. Resolución de la Corte IDH de 14 de octubre de 2021).
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