-42entre febrero de 2002 y mayo de 2005 por tribunales internos, en que se ordenaban medidas de protección a su favor (infra párr. 164, 167 y 168). La mayoría de los hechos específicos analizados fueron denunciados ante autoridades estatales, específicamente ante el Ministerio Público (infra párrs. 302-305). Esto demuestra que estas situaciones eran conocidas por el Estado. 144. Los representantes alegaron que los “ataques y agresiones contra periodistas y demás trabajadores de Globovisión por parte de particulares [… son] el resultado directo de sus ataques de violencia verbal”, pues “no es casual” que, luego de producirse un ataque verbal violento mediante tales discursos, a los pocos días en la cobertura periodística ocurran episodios violentos contra sus periodistas o sus bienes”99. Señalaron que grupos de particulares organizados, que se identifican abiertamente como grupos de “partidarios o seguidores del oficialismo”, identificados como integrantes de los grupos “para estatales” denominados “Círculos Bolivarianos” o incluso como “meros partidarios que no pudieron ser identificados como agentes del Estado”, se habrían encontrado “ejecutando una línea de acción consecuente con los mensajes transmitidos públicamente desde las más altas esferas del poder”. 145. Al respecto, la Corte observa que en su Informe de fondo la Comisión hizo la siguiente consideración: 123. Antes de entrar a analizar los parámetros generales de atribución de responsabilidad con relación a los hechos cometidos por particulares, la Comisión considera necesario referirse al alegato de los peticionarios sobre la atribución directa al Estado de los hechos cometidos supuestamente por miembros de los Círculos Bolivarianos. La Comisión observa que este alegato fue presentado únicamente en la petición inicial, pues en todos los escritos posteriores los peticionarios se refirieron en términos generales a "partidarios del gobierno" a fin de identificar a sus agresores. Además de ello, la prueba presentada no apunta a demostrar, ni tampoco es posible inferir a partir de ella, que algunos de los hechos de violencia física y verbal hubieran sido cometidos efectivamente por personas pertenecientes y formalmente inscritas en dichas entidades. […] Teniendo en cuenta lo anterior, el examen de imputabilidad debe limitarse a actos cometidos por particulares en términos generales. 146. En efecto, en su demanda la Comisión no alegó específicamente que la responsabilidad del Estado se basara en la atribución de los hechos a personas o grupos que conformaran los llamados “Círculos Bolivarianos”. Tal circunstancia está en principio fuera del marco fáctico del presente caso. Aún en la hipótesis de que ese supuesto de hecho alegado por los representantes fuese un complemento de lo expuesto por la Comisión, se debe notar que aquéllos no han presentado alegatos ni prueba que acrediten lo relevante respecto de la constitución de esas asociaciones, entidades o grupos de personas, su funcionamiento y, sobre todo, las formas en que estarían apoyados, financiados, dirigidos o, de alguna manera, vinculados con el gobierno o alguna institución o entidad estatal. Incluso en la hipótesis, no comprobada, de que alguno de los hechos alegados fuese atribuible a esos grupos o a personas vinculadas con los mismos, se requeriría prueba específica de ese vínculo -y del incumplimiento de los deberes estatales de prevención y protección- para atribuir al Estado los actos de esas personas. 147. Los representantes tampoco especificaron los efectos que una relación de “personas organizadas vinculadas al gobierno” tendría en esos hechos, ni definieron qué entienden por 99 Los representantes presentaron un cuadro en el que se reseñan cronológicamente las intervenciones del Presidente de la República, por un lado, y 19 de esos hechos consistentes en alegadas agresiones de las que supuestamente habrían sido objeto las presuntas víctimas como consecuencia de tales discursos, por el otro, para fundamentar el nexo de causalidad entre esos hechos y los discursos señalados y la consecuente violación de la integridad personal de los trabajadores de Globovisión que se habrían visto afectados.

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