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Brewer Carías solicitó en diversas oportunidades la exhibición de los videos correspondientes, y sólo le
fue mostrado el contenido de algunos de ellos. En fechas posteriores, los defensores de Allan Brewer
Carías solicitaron la exhibición del contenido de tales videos obteniendo en diversas ocasiones
respuestas negativas, porque supuestamente las cintas no habían sido encontradas, o porque ante la
gran cantidad de imputados existente en la investigación, se hacía difícil encontrar una oportunidad
adecuada, o porque en ese momento el Despacho tenía otras ocupaciones. Seguidamente, se procedió
a solicitar la práctica de una diligencia consistente en ordenar que técnicos lleven a cabo la transcripción
íntegra de todos los videos que cursaban en el expediente con entrevistas a periodistas que pretendieran
ser considerados como supuestos elementos probatorios de la imputación fiscal, la cual fue denegada
mediante auto de 21 de abril de 2005.
43.
Los peticionarios señalan que desde que se dictó la Ley Especial de Amnistía, Allan
Brewer Carías, debió dejar de ser procesado dado que el Decreto-Ley de Amnistía suprimió el delito.
Adicionalmente, alegan que la denegatoria de la solicitud de sobreseimiento con base en el Decreto
5790 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Amnistía careció de motivación, lo cual vulneró los
artículos 8 y 1 de la Convención Americana y contiene, en sí misma, un principio discriminatorio, al
restringir su aplicación a quienes se encuentren a derecho y se hayan sometido a los procesos penales y
se aplicó a personas que se encontraban en el mismo supuesto de Allan Brewer Carías, es decir, con
medida de privación de libertad y orden de aprehensión por hechos relacionados con el golpe de Estado
de 2002.
44.
Con relación al derecho a la libertad de expresión, establecido en el artículo 13 de la
Convención Americana, los peticionarios alegan que a causa de la abierta disidencia de Allan Brewer
Carías a las políticas del Gobierno, algunos periodistas presumieron que se encontraba vinculado a la
conformación del llamado “gobierno de transición”. Alegan que el Gobierno y sus instituciones han
utilizado la mera presencia de Allan Brewer Carías en el “Fuerte Tiuna” en la víspera de la emisión del
Decreto Carmona como pretexto para acallar la voz de un opositor importante, acusándolo de golpista.
En este sentido, consideran que el proceso penal seguido en contra de Allan Brewer Carías configura
una violación de su derecho a la libertad de expresión, establecido en el artículo 13 de la Convención
Americana.
45.
Con relación al derecho a la protección judicial establecido en el artículo 25 de la
Convención Americana, los peticionarios alegan que en Venezuela no existen recursos judiciales
efectivos para la protección de los derechos de Allan Brewer Carías. Al respecto, indican que Allan
Brewer Carías acudió repetidamente al Juez Provisorio de Control y al Tribunal de Apelaciones a fin de
que se reestablecieran sus derechos en el curso de proceso. Alegan que en respuesta los tribunales
sostuvieron que carecían de atributos legales para proteger sus derechos, que los planteamientos eran
inoportunos o que no podían interferir con la autonomía de la Fiscalía en la dirección de la investigación.
46.
Así, alegan que Allan Brewer Carías y sus abogados comparecieron reiteradamente ante
el despacho de la Fiscal Provisoria Sexta durante la fase de investigación. Sostienen que Allan Brewer
Carías acudió casi a diario a ese despacho durante nueve meses, así fuera tan solo para copiar a mano
las actuaciones cuya copia se le negó sistemáticamente. Pero alegan que esa comparecencia se reveló
inútil, pues la Fiscal provisoria nada hizo para rectificar las irregularidades que se le hacían presentes en
la formación del expediente y rechazaba arbitrariamente las solicitudes de la defensa y las pruebas que
se promovían ante ella.
47.
Adicionalmente, alegan que en el presente caso, las actuaciones del Estado ponen
también de manifiesto la inexistencia de un recurso judicial efectivo para proteger a Allan Brewer Carías
de las violaciones a sus derechos humanos, en particular en presencia de un sistema judicial y un
Ministerio Público carentes de toda independencia.
48.
Indican que Allan Brewer Carías acudió repetidamente al juez provisorio de Control y al
Tribunal de Apelaciones para solicitar que se restablecieran sus derechos. El juez provisorio de control
Bognanno decidió que carecía de atributos legales para ese fin y que no podía interferir, dado que la
Fiscal provisoria es "autónoma" en la dirección de la investigación. Los peticionarios alegan que en vista