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inconsistencias importantes respecto de la fecha en que se levantó el acta y los participantes en el
operativo. Según el acta policial manuscrita, en esta diligencia se encontraba presente la representante
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del Ministerio Público Dra. Magda Victoria Atto Mendives , sin embargo, la señora J. ha mantenido que
esta persona llegó tiempo después de iniciado el operativo y que no se le mostró el acta de registro
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domiciliario . En un extracto del acta de registro domiciliario se indica “siendo las 21:15 horas del día 14
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abr (sic) se levanta la (sic) presente acta, suscribiéndola a continuación, el personal interviniente” . Esto
a pesar de que la diligencia en este lugar habría culminado el 13 de abril de 1992.
77.
De acuerdo a la versión de J. en su declaración policial, en el inmueble de Las
Esmeraldas, hasta diciembre de 1991 funcionó una peluquería y al quedar desocupado, se publicaron
avisos para el alquiler o venta del local. Agregó que el día de la intervención policial y su detención, se
reunió con un señor de apellido Ruíz, quien llegó acompañado de la señora Mery Morales Palomino y
que como estaba interesado en el alquiler, dejó la suma de 300 dólares y salió para completar los 500
que se exigían como depósito, dejando a su acompañante en el inmueble. La señora J. indicó que tuvo
que salir para sus clases de karate y que al retornar aún no había vuelto el señor Ruíz, produciéndose en
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ese momento la intervención policial .
78.
La señora J., desde su petición inicial, efectuó una narración detallada sobre los actos de
violencia que, según alega, fueron cometidos en su contra al momento de la detención. En esta
narración se indicó que cuando entraron los policías, la señora J. fue tirada al suelo y arrastrada del
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cabello por tres metros en la habitación . Asimismo, se indica que fue atada de manos, vendada los ojos
y tirada al suelo con advertencias de que no se moviera. Agregó que al protestar, un hombre le dijo
“cállate terruca de mierda, quién viajó a Ayacucho eh?”. Detalló que en ese momento, tirada en el suelo,
los hombres la tocaron, introdujeron sus manos entre la ropa y le introdujeron los dedos en la vagina,
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mientras otro hombre se puso de pie sobre sus piernas . Cuando la señora J. intentó protestar y evitar
que continuara la violencia sexual, indica que fue golpeada y pateada, mientras le preguntaban si habría
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participado en un video y la acusaban de terrorista .
79.
Varios de estos actos fueron descritos tanto en la declaración policial como en la
declaración instructiva. Según la declaración policial, J. manifestó que en este contexto los policías “le
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jalaron los cabellos, le ataron las manos hacia atrás y la vendaron” . Posteriormente, en la declaración
instructiva la señora J. indicó que:
el día trece de abril como a las seis de la tarde fui al local comercial, ubicado en la Avenida
Palermo número cinco tres seis, la Victoria, para mostrar a una persona interesada en tomarlo (…)
sentí que alguien intentaba abrir la puerta falta que daba a la calle las Esmeraldas,
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Anexo 28. Acta de registro domiciliario. Manuscrito. Anexo al escrito del Estado recinido el 6 de febrero de 2008.
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Anexo 2. Dictamen No. 118-92 de la Fiscalía 43 Provincial de Lima – Especial de Terrorismo. Anexo a la petición inicial
recibida el 17 de junio de 1997. Este documento se encuentra parcialmente ilegible.
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Anexo 13. Extractos del acta manuscrito de registro domiciliario “suscrita” el 14 de abril de 1993. Anexo al escrito de la
peticionaria recibido el 5 de enero de 2007; y Anexo 28. Acta de registro domiciliario. Manuscrito. Anexo al escrito del Estado
recibido el 6 de febrero de 2008.
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Anexo 2. Dictamen No. 118-92 de la Fiscalía 43 Provincial de Lima – Especial de Terrorismo. Anexo a la petición inicial
recibida el 17 de junio de 1997. Este documento se encuentra parcialmente ilegible. Por su parte, la señora Mery Morales
Palomino, detenida en las mismas circunstancias, manifestó en su declaración policial una versión consistente con la anterior,
agregando que “cuando esperaban tocaron a la puerta y al abrirse la ventanilla rompieron la luna y abrieron, obligándoseles a
echarse en el suelo y les vendaron; posteriormente llegó el Fiscal” y luego las llevaron a otro lugar. Señaló que el inmueble se
encontraba vacío y que supone que los manuscritos y la demás información fue llevada “por los militares”, ya que el local estaba
completamente vacío”.
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Ver. Expediente ante la CIDH. Narración efectuada en la petición inicial recibida el 17 de junio de 1997.
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Ver. Expediente ante la CIDH. Narración efectuada en la petición inicial recibida el 17 de junio de 1997.
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Ver. Expediente ante la CIDH. Narración efectuada en la petición inicial recibida el 17 de junio de 1997.
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Anexo 2. Dictamen No. 118-92 de la Fiscalía 43 Provincial de Lima – Especial de Terrorismo. Anexo a la petición inicial
recibida el 17 de junio de 1997. Este documento se encuentra parcialmente ilegible.