RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2011 CASO BOYCE Y OTROS VS. BARBADOS Y CASO DACOSTA CADOGAN VS. BARBADOS SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas dictada en el Caso Boyce y otros vs. Barbados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 20 de noviembre de 2007 (en adelante “la Sentencia Boyce” o “Boyce”), en la cual se decidió que: […] 6. El Estado debe conmutar, formalmente, la pena de muerte del señor Michael McDonald Huggins, dentro de un plazo de seis meses, contado a partir de la fecha de notificación de la […] Sentencia[;] 7. El Estado debe adoptar, dentro de un plazo razonable, contado a partir de la fecha de notificación de la […] Sentencia, aquellas medidas legislativas o de otra índole que sean necesarias para asegurar que no se imponga la pena de muerte de manera tal que contravenga los derechos y libertades garantizados en la Convención y, en especial, que no se imponga a través de una sentencia obligatoria […] [;] 8. El Estado debe adoptar, dentro de un plazo razonable, contado a partir de la fecha de notificación de la […] Sentencia, aquellas medidas legislativas o de otra índole que sean necesarias para asegurar que la Constitución y la legislación de Barbados cumplan con la Convención Americana y, en especial, eliminar el efecto del artículo 26 de la Constitución de Barbados con respecto a la inimpugnabilidad de las “leyes existentes” […] [;] 9. El Estado debe implementar, dentro de un plazo razonable, contado a partir de la fecha de notificación de la […] Sentencia, aquellas medidas que sean necesarias para asegurar que las condiciones de detención en las cuales se encuentran las víctimas del presente caso cumplan con los requisitos impuestos por la Convención Americana […] [;] […] 11. El Estado debe efectuar el pago por concepto de reintegro de gastos dentro del plazo de seis meses, contado a partir de la notificación del […] fallo. 2. El escrito del 30 de enero de 2009, por medio del cual el Estado de Barbados (en adelante “el Estado” o “Barbados”) informó sobre su cumplimiento con la Sentencia Boyce (supra Visto 1).

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