agentes policiales66. Las mujeres declararon haber sido víctimas de violaciones y otros actos de
violencia sexual67. Asimismo, no se les permitió el ingreso de abogados defensores68 y se les
obligó a aceptar la defensa de oficio, con la cual no tuvieron contacto alguno69. Bajo estas
condiciones, les fueron tomadas sus declaraciones antes de cualquier intervención por parte de
un juez o fiscal70.
75. En la PTJ, el Fiscal E.M.V. solicitó la realización de evaluaciones médico-forenses a algunas
de las personas detenidas, especificando los siguientes hallazgos:
- Respecto de Claudia Valencia Alarcón: dolor en región occipital por contusión simple;
herida contusa superficial de 1 cm en el labio inferior; dolor leve en región posterior de
tórax y dorso de la nariz y escoriaciones superficiales de 0.5 centímetros en dorso de
los dedos anular y medio de la mano de derecha. Se estableció impedimento de dos
días71.
de junio de 2022, expediente de prueba, folio 12576). Por su parte, Eladio Cruz Añez declaró que en la PTJ “nos
hacían dormir sobre el suelo – sin colchón- y no teníamos acceso a un baño ni a agua. La alimentación era casi nula
y no les permitían a nuestros familiares proveernos de alimentos o vestimentas” (Declaración rendida por Eladio Cruz
Añez sin fecha, expediente de prueba, folio 12591). En su declaración, Víctor Manuel Boggiano Bruzzón también relató
que no tenían acceso a baños y que no recibió ningún tipo de alimento (Declaración de Víctor Manuel Boggiano
Bruzzón, sin fecha, expediente de prueba, folios 12606 y 12607). Asimismo, Claudia Valencia Alarcón declaró que “la
celda no tenía sillas, no tenía camas, nos sentamos en el piso, no nos dieron alimentación, agua, no teníamos baño,
dormimos en el piso” (Declaración rendida por affidávit de Claudia Mariela Valencia Alarcón de 14 de junio de 2022,
expediente de prueba, folio 12628), de la misma manera Norma Lupe Alarcón de Valencia declaró que en la PTJ no
tuvieron acceso al baño ni alimentación (declaración rendida por affidávit de Norma Lupe Alarcón de 14 de junio de
2022, expediente de prueba, folio 12644).
66
Entre las vejaciones sufridas, las presuntas víctimas relataron que fueron obligadas a dormir en el piso mojado,
que los despertaban durante las noches para mojarlos y golpearlos, poco acceso a comida y agua, un Sargento,
mediante el uso de un bolígrafo, le habría arrancado a Elacio Peña Córdoba las costuras de una herida de bala y le
colocó locoto con sal con la finalidad de causarle dolor. (Declaración rendida por Eladio Cruz Añez sin fecha, expediente
de prueba, folio 12591). Víctor Manuel Boggiano también relató cómo le pegaban hasta el punto de desmayarse, le
salía sangre por los oídos y perdió las uñas de su pie izquierdo (Declaración de Víctor Manuel Boggiano Bruzzón, sin
fecha, expediente de prueba, folio 12607). Asimismo, relató como torturaron a Genaro Ahuacho Luna: “Yo estaba en
el hall. Él estaba boca abajo, se abrió una puerta. Yo estaba en el suelo, me levantaban y me colgaban de ganchos.
Cuando estaba en el piso, miraba al finado, cómo le pegaban entre dos, tres… con fusil y con cachiporras. Se
desmayaba de tanto dolor. Lo despertaban y lo volvían a golpear muy cruelmente con bastones y objetos
contundentes en la cabeza, mientras lo mantenían enmanillado con las manos atrás, así como lo hicieron conmigo al
momento de mi captura” (Peritaje psicológico sobre supuestos tratos crueles, inhumanos y degradantes en contra del
señor Víctor Manuel Boggiano Bruzzón realizado por Pablo Gabriel García de fecha agosto del 2021, expediente de
prueba folio 9859).
67
Claudia Valencia declaró que las requisaban de forma constante, introduciéndoles dedos en la vagina sin guantes.
Asimismo, que en ocasiones le introdujeron las armas en la vagina (Declaración rendida por affidávit de Claudia
Mariela Valencia Alarcón de 14 de junio de 2022, expediente de prueba, folio 12628). Por su parte, Patricia Gallardo
declaró que fue interrogada por 4 a 5 horas. Durante el interrogatorio, fue golpeada y le hicieron abrir las piernas
para introducirle un cañón de fúsil entre las piernas. Indicó que, en varias ocasiones, los policías llevaban a las
mujeres detenidas a un pasillo, donde las desnudaban para luego ultrajarlas, metiendo sus dedos a sus partes íntimas.
Asimismo, indicó que la amenazaron con dañar a sus hijos. En particular, indicó que en varias ocasiones en las noches
la sacaban de su celda y la llevaban a un cuarto donde era violada por varios policías (Declaración rendida por affidávit
por Patricia Gallardo Ardúz el 15 de junio de 2020, expediente de prueba, folios 12720 y 12721).
68
Cfr. Declaración rendida por Eladio Cruz Añez sin fecha (expediente de prueba, folio 12591)
Cfr. Declaración rendida por affidávit por Luis Fernando Lulleman Gutiérrez el 17 de junio de 2022, (expediente
de prueba, folio 12776), declaración rendida por affidávit por Patricia Gallardo Ardúz el 15 de junio de 2020,
(expediente de prueba, folio 12722).
69
70
Cfr. Declaración rendida por Eladio Cruz Añez sin fecha (expediente de prueba, folio 12591).
71
Cfr. Certificado médico forense de 18 de diciembre de 2011 (expediente de prueba, folio 11554).
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