67
65.
66.
67.
68.
69.
70.
71.
72.
73.
74.
75.
76.
77.
78.
79.
80.
81.
82.
83.
84.
85.
86.
87.
88.
89.
90.
91.
Darío López Juárez
Emiliana López Juárez
Julia López Juárez
Toribio Morales Jerónimo
María Griselda Reyes Mejicanos
Alvaro Rocael Reyes Mejicanos
Lázaro Alvarado Manuel
Julia Manuel
Julia Raxcacó Manuel
Balbino Cajbón Cortéz
Paulina Grave Oxlaj
Emiliana Grave López
Francisco Cortéz Xitumul
Juliana Tecú Grave
Juan Galeano
Rosario Galeano
Julia o Juliana Juárez
Simeona Corazón Galeano
Catalina Galeano
Francisca Caballeros
Pablo Guzmán Reyes
María de Jesús Alvarado
Zuleta Soto Tejada
Ricardo Tecú Manuel
Natividad Morales
Sabina Tejeda
Héctor Manuel García Mejicanos
67.
En lo que se refiere a las víctimas individualizadas en la sentencia dictada por
la Corte el 29 de abril de 2004, o que fueron incluidas por primera vez en los anexos
a los alegatos finales escritos de los representantes o en la prueba para mejor
resolver, de acuerdo con el párrafo 48 de la citada Sentencia, sobre quienes los
representantes no pudieron remitir los documentos idóneos para su identificación,
este Tribunal dispone que la indemnización que les corresponda por el daño sufrido
se ceñirá a los parámetros de las víctimas identificadas (supra párrs. 64 y 65),
siempre que se presenten ante las autoridades competentes del Estado dentro de los
veinticuatro meses siguientes a la fecha de notificación de esta Sentencia y aporten
la información necesaria para su identificación.
68.
Las víctimas respecto de quienes no se remitió un documento idóneo para
constatar su identidad son las siguientes:
a)
1.
2.
3.
4.
5.
6.
De la comunidad de Plan de Sánchez
Guillermo Toj Manuel
Guillermo Toj Manuel
Juana Álvarez Pérez
Jorge Álvarez Pérez
Víctor Manuel Reyes García
Lorenza Cajbón Grave
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