5 personalidad y capacidad jurídicas internacionales responde, como se desprende del presente caso del Pueblo Indígena de Sarayaku, a una necesidad apremiante de la comunidad internacional de nuestros días. En fin, el desarrollo doctrinal y jurisprudencial de las obligaciones erga omnes de protección de la persona humana, en toda y cualquier situación o circunstancia, contribuirá ciertamente a la formación de una verdadera ordre public internacional basada en el respeto y observancia de los derechos humanos, capaz de asegurar una mayor cohesión de la comunidad internacional organizada (la civitas maxima gentium), centrada en la persona humana como sujeto del derecho internacional. Antônio Augusto Cançado Trindade Juez Pablo Saavedra Alessandri Secretario Session de Bruges (2002-2003) n. 1, pp. 536-540.

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