Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Blake Vs. Guatemala Sentencia de 2 de julio de 1996 (Excepciones Preliminares) En el caso Blake, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, integrada por los siguientes jueces: Héctor Fix-Zamudio, Presidente Hernán Salgado Pesantes, Vicepresidente Alejandro Montiel Argüello, Juez Oliver Jackman, Juez Antônio A. Cançado Trindade, Juez Alfonso Novales Aguirre, Juez ad hoc; presente, además, Manuel E. Ventura Robles, Secretario de acuerdo con el artículo 31.6 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “el Reglamento”), dicta la siguiente sentencia sobre las excepciones preliminares interpuestas por el Gobierno de Guatemala (en adelante “el Gobierno” o “Guatemala”). I 1. El presente caso fue sometido a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “la Corte Interamericana”) por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) el 3 de agosto de 1995. Se originó en una denuncia (Nº 11. 219) recibida en la Secretaría de la Comisión el 18 de noviembre de 1993. 2. Al presentar el caso ante la Corte, la Comisión invocó los artículos 50 y 51 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y 26 y siguientes del Reglamento. La Comisión sometió este caso para que la Corte decidiera si hubo violación de los siguientes artículos de la Convención: 7 (Derecho a la Libertad Personal), 4 (Derecho a la Vida), 25 (Protección Judicial), 8 (Garantías Judiciales), 13 (Libertad de Pensamiento y de Expresión), 22 (Derecho de

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