discapacidad especialmente respecto de su alcance específico respecto del derecho a la salud y la seguridad social. En particular el/la perito/a se referirá a los apoyos, protecciones y elementos que deben comprender los sistemas de salud y de seguridad social para las personas que desarrollan discapacidades como consecuencia de enfermedades, incluyendo las características de los recursos judiciales y administrativos idóneos y efectivos para el disfrute del derecho a la salud a la luz del corpus iuris aplicable a la niñez con discapacidad. Para ejemplificar el desarrollo de su peritaje, podrá referirse a los hechos del caso. El CV del/la perito/a ofrecido/a será incluido en los anexos al Informe de Fondo Nº 107/18. La Comisión pone en conocimiento de la Corte la siguiente información sobre la representación de la víctima: Ramiro Álvaro Vera Luza (padre) xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Carolina Andrea del Pilar Rojas Farías (madre) xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Magdalena Garcés (abogada) xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Karinna Fernández (abogada) xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente, Firmado en el original Marisol Blanchard Secretaria Ejecutiva Adjunta a.i. Sistema de Casos y Peticiones Anexo 4

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