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Gráfico” como medio para ahondar en las investigaciones en torno del
asesinato del señor Carpio Nicolle;
iv.
durante los años de 1993 a 1999, en los cuales todavía se
encontraba en operación “El Gráfico”, existió una devaluación crítica de
la moneda guatemalteca, lo cual influyó ineludiblemente de forma
negativa en el movimiento económico y productivo de las empresas
que operaban en el país;
v.
un medio de comunicación social conforme a los principios de
imparcialidad, libertad y objetividad regularmente debe mantener una
prudente distancia de toda vinculación partidaria. El combinar una
actividad periodística, comercial y política que perseguía la obtención
del poder del Estado sometió a la empresa a los vaivenes y artificios
del quehacer político;
vi.
el señor Carpio Nicolle tomó el riesgo inevitable de conseguir en
ocasiones el apoyo del sector privado y, en otras, el de no conseguirlo
y sufrir el boicot financiero privado, quien retiraba sus anuncios
publicitarios como medio de perjudicar a éste y a otros medios de
comunicación, y
vii.
el Estado considera que el Informe de Auditores Independientes
de 7 de junio de 2004 sobre “El Gráfico” no constituye una auditoria,
por lo que la Corte debe proceder a desestimar el mismo;
e)
respecto del partido político Unión del Centro Nacional:
i.
no existe una imputación objetiva del daño ocasionado por el
Estado con relación al colapso sufrido por el partido político UCN, ya
que los partidos políticos tienen al amparo de la legislación interna y,
de acuerdo con los principios democráticos, una estructura colectiva en
donde el poder no puede quedar concentrado en las manos de una
sola persona sino de todos sus miembros afiliados;
ii.
los aportes del partido provenían de aportes de afiliados, de
empresarios y de industriales, así como de aportes del Estado al
partido por evento electoral;
iii.
uno de los efectos ocasionados en el partido UCN después de
los hechos del presente caso fue el fraccionamiento de sus líderes y
miembros. Esta circunstancia política es de orden interno del partido,
que no puede imputarse de forma objetiva al Estado;
iv.
el partido político UCN participó en dos elecciones generales
más después de la muerte del señor Jorge Carpio Nicolle, en 1995 y en
1999.
El Estado otorga subsidio a los partidos políticos con
posterioridad a cada evento electoral, y quienes más se benefician del
mismo son quienes tienen un mayor caudal de votos. Al ser la UCN un
partido que logró participar en dos elecciones presidenciales como
finalista, el aporte estatal era significativo, y
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