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al Fiscal General de la República copia de los expedientes que cursan sobre
los hechos de amedrantamiento y hostigamiento contra COFAVIC, y hasta la
fecha no han obtenido ninguna respuesta a esta comunicación;
g)
Se consignó “ante el Canciller de la República, una comunicación en la
que [se] detalla[n] cuáles son las medidas que [se] cree podrían mejorar la
situación de seguridad de los integrantes de COFAVIC”, pidiendo que doten a
los funcionarios de la Policía Metropolitana del equipo adecuado para que
puedan desarrollar efectivamente su labor; que se tomen una serie de
medidas para proteger al resto de los miembros de COFAVIC que están bajo
las medidas provisionales; y que se realice una investigación efectiva y
exhaustiva de estos hechos para evitar la impunidad; y
h)
En Venezuela se ha dado una situación “de claro debilitamiento de […]
garantías de trabajo”. “[E]s […] importante que el Estado venezolano de un
signo claro del respeto que tiene hacia los defensores de derechos humanos
en Venezuela y que ofrezca las garantías necesarias para que las
organizaciones no gubernamentales de derechos humanos puedan desarrollar
su labor cabalmente”.
16.
Los alegatos orales de la Comisión, presentados en la referida audiencia
pública, que se resumen a continuación:
a)
El Estado ha impuesto obstáculos para evitar que se puedan otorgar
las medidas de protección solicitadas. Ha pasado el “tiempo suficiente para
avanzar en el cumplimiento de las medidas y hasta la fecha no ha habido
ninguna voluntad para cumplir.
Nueve meses para avanzar en la
investigación ha sido tiempo suficiente para practicar […] cualquier tipo de
investigación y hasta la fecha no ha habido ningún avance”. El deber de
garantizar y proteger los derechos humanos no se puede cumplir con
funcionarios policiales que no tienen equipo de defensa ni de comunicación;
b)
“[E]s […] importante […] la aceptación expresa por parte del Agente
del Estado de que, en definitiva, por lo que él ha denominado […] desorden,
interrupción, no se han cumplido las medidas provisionales en el caso de
Liliana Ortega y el resto del equipo directivo de COFAVIC”;
c)
El ataque a Liliana Ortega y a los demás funcionarios de COFAVIC, se
ha convertido en un ataque continuado y sistemático contra la organización
no gubernamental por su función de defensores de los derechos humanos.
Solamente la persona que sufre estos ataques puede considerar cuándo es
suficiente la protección;
d)
“[H]ay diputados del oficialismo que han insultado en las
deliberaciones parlamentarias a Liliana Ortega, […] hay miembros de círculos
oficialistas […] de la llamada esquina caliente en el centro de Caracas, a cargo
de círculos bolivarianos, donde la exponen como blanco político de ataque en
las fotos y la identifica[n] con el adjetivo ‘golpista, pueblos reconócelos’”;
e)
La Organización de Estados Americanos ya se refirió al tema de los
defensores de derechos humanos al resolver en la Resolución 1818 de la
Asamblea General que “[…] reitera[…] el respaldo a la tarea que desarrollan
en el plano nacional y regional los defensores de derechos humanos y
reconoce su valiosa contribución en la promoción y protección de los derechos
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