5 al Fiscal General de la República copia de los expedientes que cursan sobre los hechos de amedrantamiento y hostigamiento contra COFAVIC, y hasta la fecha no han obtenido ninguna respuesta a esta comunicación; g) Se consignó “ante el Canciller de la República, una comunicación en la que [se] detalla[n] cuáles son las medidas que [se] cree podrían mejorar la situación de seguridad de los integrantes de COFAVIC”, pidiendo que doten a los funcionarios de la Policía Metropolitana del equipo adecuado para que puedan desarrollar efectivamente su labor; que se tomen una serie de medidas para proteger al resto de los miembros de COFAVIC que están bajo las medidas provisionales; y que se realice una investigación efectiva y exhaustiva de estos hechos para evitar la impunidad; y h) En Venezuela se ha dado una situación “de claro debilitamiento de […] garantías de trabajo”. “[E]s […] importante que el Estado venezolano de un signo claro del respeto que tiene hacia los defensores de derechos humanos en Venezuela y que ofrezca las garantías necesarias para que las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos puedan desarrollar su labor cabalmente”. 16. Los alegatos orales de la Comisión, presentados en la referida audiencia pública, que se resumen a continuación: a) El Estado ha impuesto obstáculos para evitar que se puedan otorgar las medidas de protección solicitadas. Ha pasado el “tiempo suficiente para avanzar en el cumplimiento de las medidas y hasta la fecha no ha habido ninguna voluntad para cumplir. Nueve meses para avanzar en la investigación ha sido tiempo suficiente para practicar […] cualquier tipo de investigación y hasta la fecha no ha habido ningún avance”. El deber de garantizar y proteger los derechos humanos no se puede cumplir con funcionarios policiales que no tienen equipo de defensa ni de comunicación; b) “[E]s […] importante […] la aceptación expresa por parte del Agente del Estado de que, en definitiva, por lo que él ha denominado […] desorden, interrupción, no se han cumplido las medidas provisionales en el caso de Liliana Ortega y el resto del equipo directivo de COFAVIC”; c) El ataque a Liliana Ortega y a los demás funcionarios de COFAVIC, se ha convertido en un ataque continuado y sistemático contra la organización no gubernamental por su función de defensores de los derechos humanos. Solamente la persona que sufre estos ataques puede considerar cuándo es suficiente la protección; d) “[H]ay diputados del oficialismo que han insultado en las deliberaciones parlamentarias a Liliana Ortega, […] hay miembros de círculos oficialistas […] de la llamada esquina caliente en el centro de Caracas, a cargo de círculos bolivarianos, donde la exponen como blanco político de ataque en las fotos y la identifica[n] con el adjetivo ‘golpista, pueblos reconócelos’”; e) La Organización de Estados Americanos ya se refirió al tema de los defensores de derechos humanos al resolver en la Resolución 1818 de la Asamblea General que “[…] reitera[…] el respaldo a la tarea que desarrollan en el plano nacional y regional los defensores de derechos humanos y reconoce su valiosa contribución en la promoción y protección de los derechos

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