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los hechos y
provisionales.
circunstancias
que
motivaron
la
solicitud
de
medidas
3.
La Resolución del Presidente de la Corte de 23 de enero de 2002, mediante la
cual resolvió
1.
Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los
Estados Unidos Mexicanos a una audiencia pública que se celebrar[ía] en la
sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 19 de febrero de
2002, a las 10:00 horas, con el propósito de que la Corte escuch[ara] sus
argumentos sobre los hechos y circunstancias que motivaron la solicitud de
medidas provisionales, y para recibir las declaraciones de los testigos y los
dictámenes de los peritos propuestos.
[…]
4.
El escrito de 8 de febrero de 2002, mediante el cual México informó que “el
Presidente de la República, [L]icenciado Vicente Fox Quesada, expidió un acuerdo
dirigido a la Secretaría de la Defensa Nacional por el que concede la reducción de las
penas que el Sr. Gallardo Rodríguez se encontraba compurgando” y que en
“cumplimiento del Acuerdo Presidencial referido […] la Dirección General de Justicia
Militar solicitó a las autoridades penitenciarias del Estado de México la liberación de
José Francisco Gallardo”, quien ya fue liberado y “cuenta con la protección que le
brinda las 24 horas del día una escolta integrada por elementos de la Secretaría de
Seguridad Pública y de la Policía Federal Preventiva”.
5.
El escrito de 12 de febrero de 2002, mediante el cual la Comisión informó a la
Corte de la liberación del General Gallardo y señaló, en cuanto a sus solicitudes
anteriores, que
[l]as circunstancias que motivaron [dichas solicitudes] han variado
sustancialmente[; que] tom[ó] en cuenta, en particular, la liberación del
General Gallardo y las medidas de seguridad [que el Grupo Especial de
Reacción Inmediata de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
de México está otorgando al señor José Francisco Gallardo Rodríguez y a sus
familiares,] y decid[ió] retirar su solicitud de medidas provisionales en el
presente caso. Al mismo tiempo, [la Comisión] solicit[ó …] que la Corte
Interamericana cancele la audiencia pública convocada para el 19 de febrero
de 2002.
6.
El escrito de 13 de febrero de 2002 mediante el cual el Estado manifestó que
“coincide plenamente en todos sus términos con la posición expresada por la Comisión
Interamericana en su nota de 12 de febrero de 2002”.
7.
La Resolución del Presidente de 14 de febrero de 2002, en la cual determinó lo
siguiente:
1.
Mantener las medidas urgentes adoptadas mediante Resolución de 20
de diciembre de 2001, en el sentido de “[r]equerir al Estado que adopte, sin
dilación, cuantas medidas sean necesarias para proteger la vida e integridad
personal del General José Francisco Gallardo Rodríguez.”
2.
Aceptar la solicitud de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, con la cual los Estados Unidos Mexicanos están de acuerdo, de que
se cancele la audiencia pública que había solicitado y que fue convocada
mediante Resoluciones de 20 de diciembre de 2001 y 23 de enero de 2002.