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que hay otro grupo de excusas que no generaron dilación en la tramitación del proceso
dado que no impidieron que la instrucción o el juicio continuaran221. Si bien no todas las
marzo de 2002 se presentaron 2 excusas por parte del Juez de Instrucción 5º en lo Penal de la Capital Santa
Cruz y el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal de la Capital Santa Cruz (cuerpo 4, folios 3616 y 3634). Se
excusaron del conocimiento de la causa principal una vez que el Tribunal Constitucional anuló la prescripción de
la acción penal decretada anteriormente y ordenó continuar con la instrucción. Dichas excusas causaron dilación
en el trámite del proceso dado que la instrucción se suspendió. c) Entre el 9 de abril al 30 de agosto de 2003 se
presentaron 20 excusas por parte de los siguientes jueces: Octavo, Noveno y Décimo de Instrucción en lo Penal
de la Capital Santa Cruz; los jueces Primero a Cuarto de Instrucción Penal Liquidador de la Capital Santa Cruz;
los jueces Segundo a Décimo de Instrucción Civil y Comercial de la Capital Santa Cruz; los jueces Primero a
Tercero de Instrucción de Familia de la Capital Santa Cruz, y el Juez de Instrucción de Cotoca Provincia Andrés
Ibáñez del Departamento de Santa Cruz (cuerpo 8, folio 4896, y cuerpo 9, folios 4941, 4945, 4952, 4963, 4970,
4976, 4986, 4996, 4998, 5000, 5005, 5010, 5018, 5024, 5028, 5034, 5042, 5057 y 5060). Estas excusas
causaron dilación del proceso dado que la instrucción se paralizó. d) Del período que comprende del 19 de
febrero al 1 de marzo de 2005 se presentaron 5 excusas por parte de 3 y 2 vocales, respectivamente, de las
Salas Penales Primera y Segunda de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz (cuerpo 17, folios 7536 a 7537 y
7546). Estas excusas causaron un atraso al proceso dado que los vocales de las salas penales debían resolver
una apelación presentada en contra de una decisión que ordenó la prescripción de la acción penal y el archivo de
obrados. e) Del 6 de junio al 16 de agosto de 2006 se presentaron 6 excusas por parte de los jueces Primero a
Sexto de Partido en Material Civil y Comercial (cuerpo 21, folios 9049, 9063, 9068, 9071, 9075, 9078). Estas
excusas retardaron la tramitación del proceso puesto que éste se encontraba en etapa de debates. f) En un
período que comprende del 29 de septiembre al 14 de octubre de 2006 se presentaron 6 excusas por parte de 3
vocales de las Sala Penal Primera y 3 vocales de la Sala Penal Segunda, ambas de la Corte Superior de Distrito
(cuerpo 21, folios 9158 y 9173). Estas excusas causaron retardo del proceso puesto que los vocales de las salas
penales debían resolver la legalidad de las excusas presentadas por los jueces de partido en materia civil y
comercial (supra inciso c). En este sentido, los debates del proceso fueron suspendidos. g) Entre el 10 de junio y
el 1 de agosto de 2009, se presentaron 13 excusas por parte de 3 vocales de la Sala Penal Primera, 3 vocales de
la Sala Penal Segunda, 2 vocales de la Sala Civil Primera, 2 vocales de la Sala Civil Segunda, y 3 vocales de la
Sala Social y Administrativa (anexos al escrito de solicitudes y argumentos, cuerpo 28, folios 10965, 10968,
10984, y anexos a la contestación a la demanda, cuerpo 28, folios 19844 a 19845, 19848 y 19850). Estas
excusas se presentaron en relación con las apelaciones presentadas por las señoras Rebeca Ibsen Castro,
Antonia Gladys Oroza, Oscar Menacho Vaca y Juan Antonio Elio Rivero contra la sentencia de primera instancia
de 6 de diciembre de 2008. Las excusas causaron la dilación del proceso dado que tuvieron efectos suspensivos.
221
Estas citas corresponden al Expediente Judicial 37/2000. a) El 2 de enero de 2001 un vocal de la Sala
Penal Primera de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz se excusó del conocimiento de un recurso de
apelación presentado por Antonia Gladys Oroza el 16 de noviembre de 2001 contra la decisión de 10 de
noviembre de 2000 mediante la cual el Juzgado Quinto de Instrucción decretó la prescripción de la acción penal
(cuerpo 1, folio 2819). b) El 10 de enero de 2001 un vocal de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de
Distrito de Santa Cruz se excusó del conocimiento de un recurso de apelación interpuesto por Rebeca Ibsen
Castro por la denegación de ampliación del auto inicial de instrucción (cuerpo 3, folio 3560). c) Dentro del
período que comprende del 18 de abril al 17 de julio de 2002 se presentaron 3 excusas por parte de 2 vocales de
la Sala Penal Segunda y un vocal de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz (cuerpo
8, folios 4783, 4785 y 4796). Las excusas se refieren al conocimiento de un recurso de apelación presentado
contra un auto que rechazó una solicitud de ampliación del auto inicial de instrucción de 1 de junio de 2002. d)
Entre el 19 y el 30 de octubre de 2004, 3 vocales de la Sala Penal Primera y 3 vocales de la Sala Penal Segunda
de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz se excusaron de conocer tres recursos de apelación interpuestos
por Rebeca Ibsen Castro, entre otros, el 9 de septiembre de 2004 contra un auto del Juez Noveno de Partido en
lo Penal Liquidador de la Capital Santa Cruz de 8 de septiembre de 2004, que dejó sin efecto un mandamiento de
detención formal ordenado por el Juez de la Provincia Warnes contra uno de los imputados y en su lugar ordenó
mantener las medidas cautelares ordenadas anteriormente por otro juez con algunas modificaciones (cuerpo 15,
folios 7023, 7029, 7124 y 7125). e) Entre el 19 y el 30 de octubre de 2004, se excusaron 3 vocales de la Sala
Penal Primera y 3 vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz. Estas excusas
se presentaron respecto a un recurso de apelación interpuesto por Rebeca Ibsen Castro el 9 de septiembre de
2004 contra un auto del Juez Noveno de Partido en lo Penal Liquidador de la Capital Santa Cruz de 7 de
septiembre de 2004, que mantuvo las medidas sustitutivas a la detención decretadas y el monto de la fianza
impuesta a uno de los imputados (cuerpo 15, folios 7124 a 7125 y 7239, 7243). f) En el período que corre del 19
al 30 de octubre de 2004 se excusaron 3 vocales de la Sala Penal Primera y 3 vocales de la Sala Penal Segunda
de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz del conocimiento de los recursos de apelación interpuestos por los
imputados y Rebeca Ibsen Castro en contra del auto de procesamiento de 7 de junio de 2004 dictado por el Juez
de Instrucción de Warnes (cuerpo 20, folios 8461, 8467, 8473 a 8474). g) Del período comprendido entre el 21
de octubre y el 4 de noviembre de 2004 se presentaron 6 excusas en total por parte de 3 vocales de la Sala
Penal Primera y 3 vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz (cuerpo 15,
folios 7014, 7015, 7023 y 7029). Estas excusas se presentaron respecto a dos recursos de apelación interpuestos
por Rebeca Ibsen Castro, entre otra, el 4 de septiembre de 2004 contra un auto del Juez Noveno de Partido en lo
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