restitución (restitutio in integrum); esto es, el restablecimiento de la situación anterior al daño ocasionado por la infracción de una obligación internacional y la reparación de las consecuencias que la infracción produjo así como el pago de una indemnización compensatoria 12. 8. De tal manera, el concepto de “reparación integral” ha moldeado el desarrollo de las medidas de reparación. Este deriva del reconocimiento de que las violaciones de derechos humanos impactan a las víctimas de múltiples formas 13 y, como consecuencia, la reparación deberá estar orientada a restituir, no sólo los derechos conculcados, sino también a compensar y resarcir los daños de manera integral 14 con el objeto de restituir la dignidad de la persona, su calidad de vida, así como su bienestar y tranquilidad previa a las violaciones; cuestión que, para casos de graves violaciones de derechos humanos, se encuentra revestida de una máxima importancia 15. 9. Bajo este entendido, la Corte ha considerado la necesidad de ordenar diversas medidas, toda vez que los modos específicos de reparar varían según la lesión producida 16 . Por lo que, además de contemplar las medidas de restitución y compensaciones pecuniarias otorgadas desde la emisión de su primera sentencia de reparaciones 17 , a partir del año 2001 las medidas de satisfacción y garantías de no repetición adquirieron una especial relevancia a fin de asegurar que hechos constitutivos de violaciones a los derechos humanos, objeto de pronunciamiento por parte del Tribunal Interamericano, no volvieran a ocurrir y de revertir el efecto de los mismos. Así, a lo largo de su historia, la Corte ha ordenado a) la investigación de los hechos que generaron las violaciones y, en su caso, identificar, juzgar y sancionar a los responsables 18; b) la restitución de derechos, bienes y libertades 19; c) la rehabilitación, a través de asistencia médica, psicológica y/o humanos. Cfr. García Ramírez, Sergio y Zanghi, Claudio, "Las jurisdicciones regionales de derechos humanos y las reparaciones y efectos de las Sentencias" en García Roca, Javier, Fernández, Pablo Antonio, Santolaya, Pablo y Canosa, Raúl (Editores), El Diálogo entre los Sistemas Europeo y Americano de Derechos Humanos, Thomson Reuters-Civitas, Pamplona, 2012, pp. 447 y 448. 12 Corte IDH. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de julio de 1989. Serie C No. 7, párr. 26. 13 Cfr. Corte IDH. Caso de la Masacre de Pueblo Bello Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de enero de 2006. Serie C No. 140. 14 Corte IDH. Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de septiembre de 2012. Serie C No. 250, párr. 248; Caso Masacre de Santo Domingo Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo y Reparaciones. Sentencia de 30 de noviembre de 2012. Serie C No. 259, párr. 292, y Caso Masacres de El Mozote y lugares aledaños Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de octubre de 2012. Serie C No. 252, párr. 305. 15 Cfr., inter alia, Corte IDH. Caso de la “Masacre de Mapiripán” Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 15 de septiembre de 2005. Serie C No. 134, párr. 294; Caso Masacres de El Mozote y lugares aledaños Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 305; Caso De la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2009. Serie C No. 211, párr. 226, y Caso Rochac Hernández y otros Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 14 de octubre de 2014. Serie C No. 285, párr. 177. 16 Corte IDH. Caso Garrido y Baigorria Vs. Argentina. Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de agosto de 1998. Serie C No. 39, párr. 41, y Caso Blake Vs. Guatemala. Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de enero de 1999. Serie C No. 48, párr. 31. 17 Corte IDH. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Reparaciones y Costas, supra, párr. 25. 18 Cfr., inter alia, Corte IDH. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Reparaciones y Costas, supra, párrs. 32 a 35; Caso El Amparo Vs. Venezuela. Reparaciones y Costas. Sentencia de 14 de septiembre de 1996. Serie C No. 28, párr. 61 y punto resolutivo cuarto, y Caso Espinoza Gonzáles Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de noviembre de 2014. Serie C No. 289, párr. 309 y punto resolutivo décimo. 19 Cfr., inter alia, Corte IDH. Caso Loayza Tamayo Vs. Perú. Fondo. Sentencia de 17 de septiembre de 1997. Serie C No. 33, punto resolutivo quinto; Caso Loayza Tamayo Vs. Perú. Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de noviembre de 1998. Serie C No. 42, puntos resolutivos primero a tercero, y Caso de personas dominicanas y haitianas expulsadas Vs. República Dominicana. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de agosto de 2014. Serie C No. 282, párrs. 452 a 457. 3

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