despacho 63. Según lo indicado por el señor González Pedraza, al entrar en el despacho observó “un
polvo blanco que parecía talco que estaba regado en la alfombra así como los sillones” y, junto a un
sillón que estaba junto a la entrada del baño, “una sombra de una persona que estaba tirada en el
piso”, junto con una mancha de sangre 64. Al acercarse, el señor González Pedraza identificó a la
señora Digna Ochoa. Realizó varias llamadas a ciertos compañeros y esperó a la llegada de estos y,
posteriormente, la llegada de personal del Ministerio Público, momento en el que decidió trasladarse
a las oficinas de la Fiscalía para rendir su declaración respecto de los hechos y presentar una denuncia
por el delito de homicidio “cometido en agravio de la licenciada Digna Ochoa y Plácido y en contra
de quien o quienes result[aran] responsables” 65.
57. Según el acta realizada por la Fiscalía Desconcentrada de Cuauhtémoc, la defensora de
derechos humanos yacía muerta en un sillón con impactos de proyectil de arma de fuego 66. También
encontraron un arma de fuego del calibre 22 y tres casquillos de bala 67. La escena del crimen fue
descrita como a continuación se indica:
Se aprecia un cuerpo ya sin vida del sexo femenino, lateralizada hacia el lado izquierdo con la
cabeza apoyada en un sillón color café con rayas rojas así mismo se aprecia otro sillón en el muro
norte del mismo color apreciándose en la parte del descanso del brazo del lado izquierdo, polvo
color blanco al parecer talco y en el asiento del lado izquierdo, una mancha hemática […] y en el
piso se aprecia goma de mascar masticada y una mancha hemática […] observándose entre los
pies de la occisa un casquillo percutido al parecer calibre 22 apreciándose en el sillón donde tiene
recargada la cabeza la occisa del lado contrario polvo blanco al parecer talco […] apreciándose
también polvo blanco en el piso de la entrada de la habitación […]. Al levantamiento del cadáver
se aprecia debajo de este un arma de fuego al parecer calibre 22 […] Asimismo, se aprecia en las
manos del cadáver guantes de plástico en color rojo, apreciándose que el del lado derecho no se
encuentra puesto en su totalidad y del lado izquierdo únicamente el del dedo pulgar se encuentra
fuera de su espacio […] se procede a levantar el sillón en donde se encontraba descansando la
cabeza de la occisa y se aprecian dos casquillos percutidos […] 68.
58. Posteriormente, a través de varios peritajes se determinó que la señora Digna Ochoa
presentaba tres lesiones: dos causadas por proyectil de arma de fuego –una en el cráneo en la región
temporal izquierda únicamente con orificio de entrada y otra en el muslo izquierdo con orificio de
entrada y salida–, y un hematoma en el muslo derecho 69.
59. Entre los documentos que se encontraron en la escena del crimen figuraba un papel que
contenía un mensaje con recortes de periódico que indicaba “PRO’S, hijos de puta si siguen a otro
63
Cfr. Ministerio Público, Acuerdo de Resolución de Averiguación Previa, FDCUAUHT/03/USD04//2576/01-10, de 18
julio de 2003 (expediente de prueba, folio 3509), y Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Decisión de 26
noviembre de 2010 (expediente de prueba, folios 4190 y 4191).
64
Cfr. Ministerio Público, Acuerdo de Resolución de Averiguación Previa, FDCUAUHT/03/USD04//2576/01-10, de 18
julio de 2003 (expediente de prueba, folio 3511), y Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Decisión de 26
noviembre de 2010 (expediente de prueba, folio 4191).
65
Cfr. Ministerio Público, Acuerdo de Resolución de Averiguación Previa, FDCUAUHT/03/USD04//2576/01-10, de 18
julio de 2003 (expediente de prueba, folio 3509), y Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Decisión de 26
noviembre de 2010 (expediente de prueba, folio 4193).
66
Cfr. Fiscalía Desconcentrada de Cuauhtémoc, Averiguación previa FDCUAUHT /03/USD04/02576/2001-10, Acta
19 de octubre de 2001 (expediente de prueba, folio 7).
67
Cfr. Fiscalía Desconcentrada de Cuauhtémoc, Averiguación previa FDCUAUHT /03/USD04/02576/2001-10, Acta
19 de octubre de 2001 (expediente de prueba, folio 6).
68
Cfr. Fiscalía Desconcentrada de Cuauhtémoc, Averiguación previa FDCUAUHT /03/USD04/02576/2001-10, Acta
19 de octubre de 2001 (expediente de prueba, folio 7).
69
Cfr. Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Decisión de 26 de noviembre de 2010 (expediente
prueba, folio 2628).
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