34
102. El 6 de abril de 2004 la médica de turno del COF remitió informe médico indicando que
la señora Chinchilla de 51 años tenía entre otras enfermedades: i) Diabetes Mellitus tipo 2
descompensada; ii) Hipertensión arterial; iii) Ceguera por diabetes; iv) Anasarca; v) Descartar Fallo
Renal; vi) Desnutrición Crónica en el adulto y vi) Agresividad. Se indicó que actualmente se encuentra
con “T.X. de INSULINA 10 Unid en A.M. y P.M. Enalapril C/24 hrs” 272 El 20 de abril de 2004 el Juez solicitó
se solicitara a la junta central de prisiones informe sobre la libertad anticipada273.
103. El 22 de abril de 2004 la señora Chinchilla presentó al Juez “antecedentes ilustrativos en
la libertad anticipada por redención de penas extraordinaria solicitada” consistentes en informe del
Director General del Sistema Penitenciario relativo a las condiciones del COF, así como los peritajes e
informes que obran en autos 274.
104. El Coordinador de Servicios Médicos del Sistema Penitenciario informó que “[e]l Penal
cuenta con medicina para tratar problemas de tipo infeccioso, así como medicamentos orales para
tratar la Diabetes, Osteomielitis y la Hipertensión Arterial, sin embargo, la reclusa Chinchilla Sandoval
requiere de Insulina Sub-cutánea para su problema diabético que es la causa de todo el problema
metabólico que ella padece incluyendo insuficiencia renal crónica, para lo cual el presidio no cuenta con
equipo adecuado para su atención”. Se indicó que “[e]l Centro no cuenta con el Equipo Médico
Hospitalario Especializado para atender crisis de esa magnitud”; que “sí (sic) cuenta con instalaciones
adecuadas para la permanencia de dicha reclusa que la maneja el área hospitalaria del penal” y que “no
cuenta con Equipo Ortopédico adecuado”. Finalmente, se indicó “ante la situación de la sra. Chinchilla
Sandoval nos hemos visto en la obligación de referirla periódicamente a los Centros Hospitalarios, ya
que en determinado momento requiere atención especializada” 275.
105. El 28 de abril de 2004 se remitió informe psicológico y de trabajo de la Prisión de
Mujeres Santa Teresa276. El 28 de abril de 2004 la Médica Cirujana del COF informó que no podría estar
presente en la audiencia de 29 de abril y remitió certificación médica277.
272
Anexo 2. Incidentes de Libertad Anticipada. Comunicación de Amelia Moran, Médico de Turno del COF, 6 de abril
de 2004. Folios 78. Anexo 3 a la petición inicial.
273
Anexo 2. Incidentes de Libertad Anticipada. Decisión del Juez Segundo de Ejecución Penal de 20 de abril de 2004,
Folio 76. Anexo 3 a la petición inicial.
274
Anexo 2. Incidentes de libertad anticipada. República de Guatemala Organismo Judicial. Juzgado 2 de Ejecución
Penal. Ejecutoria No. 429-96 Of. 7. Expediente de Redención de Penas. Instituto de la Defensa Pública Penal. Escrito de la
señora María Inés Chinchilla Sandoval por conducto de su representante. Folio 80. Anexo 3 a la petición inicial.
275
Anexo 2. Incidentes de libertad anticipada. República de Guatemala Organismo Judicial. Juzgado 2 de Ejecución
Penal. Ejecutoria No. 429-96 Of. 7. Expediente de Redención de Penas. Dirección General del Sistema Penitenciario.
Coordinación de Servicios Médicos. Oficio No. 0546-2004- DR-RECH. 2 de abril de 2004. Folio 82. Anexo 3 a la petición inicial.
276
Anexo 2. Incidentes de libertad anticipada. República de Guatemala Organismo Judicial. Juzgado 2 de Ejecución
Penal. Ejecutoria No. 429-96 Of. 7. Centro de Orientación Femenino. Escrito de la Subdirectora del COF e Informes Psicológicos
y de Trabajo de la Prisión de Mujeres Sante Teresa Zona 18. 28 de abril de 2004. Folios 91-93. Anexo 3 a la petición inicial.
277
Anexo 2. Incidentes de libertad anticipada. República de Guatemala Organismo Judicial. Juzgado 2 de Ejecución
Penal. Ejecutoria No. 429-96 Of. 7. Expediente de Redención de Penas. Comunicación de la Dra. Luisa Amelia Morán. 28 de abril
de 2004. Folios 96-97. Anexo 3 a la petición inicial.