34 102. El 6 de abril de 2004 la médica de turno del COF remitió informe médico indicando que la señora Chinchilla de 51 años tenía entre otras enfermedades: i) Diabetes Mellitus tipo 2 descompensada; ii) Hipertensión arterial; iii) Ceguera por diabetes; iv) Anasarca; v) Descartar Fallo Renal; vi) Desnutrición Crónica en el adulto y vi) Agresividad. Se indicó que actualmente se encuentra con “T.X. de INSULINA 10 Unid en A.M. y P.M. Enalapril C/24 hrs” 272 El 20 de abril de 2004 el Juez solicitó se solicitara a la junta central de prisiones informe sobre la libertad anticipada273. 103. El 22 de abril de 2004 la señora Chinchilla presentó al Juez “antecedentes ilustrativos en la libertad anticipada por redención de penas extraordinaria solicitada” consistentes en informe del Director General del Sistema Penitenciario relativo a las condiciones del COF, así como los peritajes e informes que obran en autos 274. 104. El Coordinador de Servicios Médicos del Sistema Penitenciario informó que “[e]l Penal cuenta con medicina para tratar problemas de tipo infeccioso, así como medicamentos orales para tratar la Diabetes, Osteomielitis y la Hipertensión Arterial, sin embargo, la reclusa Chinchilla Sandoval requiere de Insulina Sub-cutánea para su problema diabético que es la causa de todo el problema metabólico que ella padece incluyendo insuficiencia renal crónica, para lo cual el presidio no cuenta con equipo adecuado para su atención”. Se indicó que “[e]l Centro no cuenta con el Equipo Médico Hospitalario Especializado para atender crisis de esa magnitud”; que “sí (sic) cuenta con instalaciones adecuadas para la permanencia de dicha reclusa que la maneja el área hospitalaria del penal” y que “no cuenta con Equipo Ortopédico adecuado”. Finalmente, se indicó “ante la situación de la sra. Chinchilla Sandoval nos hemos visto en la obligación de referirla periódicamente a los Centros Hospitalarios, ya que en determinado momento requiere atención especializada” 275. 105. El 28 de abril de 2004 se remitió informe psicológico y de trabajo de la Prisión de Mujeres Santa Teresa276. El 28 de abril de 2004 la Médica Cirujana del COF informó que no podría estar presente en la audiencia de 29 de abril y remitió certificación médica277. 272 Anexo 2. Incidentes de Libertad Anticipada. Comunicación de Amelia Moran, Médico de Turno del COF, 6 de abril de 2004. Folios 78. Anexo 3 a la petición inicial. 273 Anexo 2. Incidentes de Libertad Anticipada. Decisión del Juez Segundo de Ejecución Penal de 20 de abril de 2004, Folio 76. Anexo 3 a la petición inicial. 274 Anexo 2. Incidentes de libertad anticipada. República de Guatemala Organismo Judicial. Juzgado 2 de Ejecución Penal. Ejecutoria No. 429-96 Of. 7. Expediente de Redención de Penas. Instituto de la Defensa Pública Penal. Escrito de la señora María Inés Chinchilla Sandoval por conducto de su representante. Folio 80. Anexo 3 a la petición inicial. 275 Anexo 2. Incidentes de libertad anticipada. República de Guatemala Organismo Judicial. Juzgado 2 de Ejecución Penal. Ejecutoria No. 429-96 Of. 7. Expediente de Redención de Penas. Dirección General del Sistema Penitenciario. Coordinación de Servicios Médicos. Oficio No. 0546-2004- DR-RECH. 2 de abril de 2004. Folio 82. Anexo 3 a la petición inicial. 276 Anexo 2. Incidentes de libertad anticipada. República de Guatemala Organismo Judicial. Juzgado 2 de Ejecución Penal. Ejecutoria No. 429-96 Of. 7. Centro de Orientación Femenino. Escrito de la Subdirectora del COF e Informes Psicológicos y de Trabajo de la Prisión de Mujeres Sante Teresa Zona 18. 28 de abril de 2004. Folios 91-93. Anexo 3 a la petición inicial. 277 Anexo 2. Incidentes de libertad anticipada. República de Guatemala Organismo Judicial. Juzgado 2 de Ejecución Penal. Ejecutoria No. 429-96 Of. 7. Expediente de Redención de Penas. Comunicación de la Dra. Luisa Amelia Morán. 28 de abril de 2004. Folios 96-97. Anexo 3 a la petición inicial.

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