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“presenta[ba] la rodilla raspada, dolor y ardor a la palpación” por lo que “administró 2 tab diclofenaco, 1
tab de captopril, se le informó al Dr. Renato Estrada Chinchilla, Coordinador de Servicios Médicos de la
caída de la interna y de lo que se le administró”290.
113.
señaló que
Con posterioridad a la llegada de la enfermera, la señora Claudia Fedora Quintana
“[…][l]legó la encargada de trabajo Blanqui Hernández, fue a ver que había pasado y tomó nota,
yo me regresé a bañar y le dije [a la señora Chinchilla] que hay (sic) pasaba con los libros, ella me
dijo que se sentía bien y que iba a ser (sic) comida. […] . Cuando regresé la vi sentada en la silla
recostada en la cama y le hablé y no me contestó entonces la moví un poquito y vi que estaba
morada, me asusté y vine a llamar a la enfermera y otras muchachas que estaban cerca, la
empezaron a subir con la silla y ella todavía suspiró y llamaron a los bomberos pero ya nada
pudieron hacer […] La caída fue como a las siete o siete y media de la mañana y cuando regresé
a verla al cuarto ya era como las diez y media u once de la mañana […] . Yo hable con la doctora
Moran y le pregunté qué había pasado y me dijo que le habían diagnosticado una
descompensación en todo su organismo y que cuando me estaba buscando era porque ya estaba
291
en agonía […] .
114. Sobre este hecho, la enfermera de turno indicó que a las 11:05 horas le avisaron las
internas que la señora Chinchilla no podía respirar y “al evaluarla presenta[ba] p/a/0/0 pulso: no se
detecta, resp: no se detecta, pupilas dilatadas sin reflejo a la luz, se le procedió a dar RCP, sin embargo
no responde; por lo que ya no se le canaliza con sol. Hartman”. La enfermera indicó que se declaró
“muerte real a las 11:25 hrs” y se procedieron con maniobras de resucitación sin éxito292.
115. El Sub Coordinador de Servicios Médicos informó que fue llamado a las 11:15 hrs y al
llegar constató que presentaba el cuerpo “facies cadavéricas”. Señaló que la paciente pudo haber
presentado: “a- infarto agudo al miocardio; b- Diabetes Mellitus tipo II (*insulino dependiente)”293.
116. En relación a los sucesos, la señora Osiris Angélica Romano indicó que “hay demasiada
negligencia”. Explicó que ese día “estaba de turno la subdirectora, Seño Alba” y “ella no hace
absolutamente nada sin tener la autorización de las autoridades de servicios médicos, no tuvo
iniciativa”. La señora Romano indicó que tras la caída de la señora Chinchilla la enfermera “vino a llamar
al doctor de turno, el jefe de servicios médicos era Renato Estrada, porque querían sacarla del hospital,
porque el problema de diabetes de ella era bastante avanzado […], lamentablemente le dijeron que no
la sacara” 294. La señora Quintana Mendoza indicó que “el doctor de servicios jamás vino”295 y explicó
290
Anexo 10. Centro de Orientación Femenino. Comunicación de la enfermera de turno a la coordinadora de servicios
médicos. 25 de marzo de 2004. Anexo 11 al Escrito del Estado de 13 de julio de 2010.
291
Anexo 11. Declaración jurada de Claudia Fedora Quintana Mendoza ante Notario Público. Anexo al escrito de los
representantes de 16 de abril de 2006.
292
Anexo 5. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Ejec. No. 429-96 OF- 7º Subdirección de Ciencias
Forenses. Centro de Orientación Femenino. Comunicación de la enfermera de Turno a la Subdirectora del Centro. 25 de mayo
de 2004. Folio 787. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 26 de mayo de 2005 recibido el 31 de mayo de 2005.
293
Anexo 5. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Ejec. No. 429-96 OF- 7º Informe del SubCoordinador de Servicios Médicos del Sitema Penitenciario. 25 de mayo de 2004. Folio 788. Anexo a la comunicación de los
peticionarios de 26 de Mayo de 2005 recibido el 31 de Mayo de 2005.
294
Anexo 7. Declaración jurada de Osiris Angélica Romano ante Notario Público. Anexo al escrito de los
representantes de 16 de abril de 2006.