útiles para la investigación; b) se solicitaron y recibieron informes sobre el movimiento de aeronaves el día de
la muerte de Santiago Leguizamón desde la base aérea de Pedro Juan Caballero (Paraguay) hacia el aeropuerto
de Ponta Porã (Brasil) debido a la sospecha de que después del atentado, despegara un avión de Ponta Porã
con cuatro personas a bordo; c) se elaboraron informes policiales sobre el estado de la investigación, y d) se
requirieron las noticias publicadas por el periodista.
40.
El inicio de la investigación fue puesto en conocimiento del Ministerio del Interior por Pablo Benítez,
Delegado de Gobierno del Amambay, por lo que el ministerio destacó a oficiales del servicio de inteligencia de
la policía de Asunción y expertos en la realización de identikits, quienes se sumaron a las investigaciones. De
conformidad con información recibida por una llamada anónima, se realizó el identikit de dos de los presuntos
autores del crimen, el cual fue divulgado con las autoridades brasileñas34. De igual manera, 100 hombres de las
Fuerzas Armadas reforzaron el Batallón de la Frontera No. 2 y junto con funcionarios de la capital y del
Amambay, emprendieron la búsqueda de los presuntos autores sin éxito35.
41.
El 9 de enero de 1992 se solicitó a autoridades de la policía de Ponta Porã y de Campo Grande en Brasil
la confirmación de la detención de uno de los presuntos autores materiales del crimen de Santiago Leguizamón
conocido como “tiro certo”. El 16 de enero de 1992 el jefe de la policía del Amambay tuvo una entrevista con el
delegado del grupo de operaciones especiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Mato Grosso
(Brasil), el cual confirmó que alias “tiro certo” o “cacao” y otro presunto autor material, se encontraban
detenidos en la institución a su cargo por el homicidio perpetrado contra un juez en Brasil36.
42.
El 10 de febrero de 1992, el Juzgado libró seis exhortos a autoridades brasileñas policiales y judiciales
del Estado de Mato Grosso, solicitando información sobre la detención de los procesados y si estos habían
prestado declaración ante la jurisdicción de Brasil. En caso afirmativo, el Juzgado requirió la remisión de copias
autenticadas de dichos testimonios37. Las solicitudes fueron devueltas por Brasil porque no fueron remitidas
por vía diplomática, no se siguieron los protocolos de remisión de exhortos judiciales de cooperación
internacional y el exhorto no fue redactado en idioma portugués38. El 6 de abril de 1992 el Fiscal de la causa
solicitó se cumplieran con los requisitos citados y que el Juzgado dicte auto de prisión con fines de extradición
en contra de los 14 procesados39.
43.
El 18 de febrero de 1992, a solicitud del Ministerio Público40 y con base en publicaciones periodísticas41
previas, el Juzgado resolvió ampliar el sumario, dictar órdenes de captura y prisión preventiva en contra de 14
encargado sobre movimientos de aeronaves del aeropuerto internacional de Punta Porá, 7 de mayo de 1991; auto del Juzgado de primera
instancia en lo criminal y tutelar del menor del primer turno de la ciudad de Pedro Juan Caballero, 30 de abril de 1991. Expediente judicial.
Anexos a la petición inicial de 19 de enero de 2007, folios 22, 25, 39 a 42, 62 a 65 y 67 a 68. Anexo 7. Informe Policial. Delegación de
Gobierno del Amambay. Nota J.P. No. 128/91, 31 de octubre de 1991, y Parte policial. Delegación de Gobierno del Amambay. Nota J.P. No.
86/91, 2 de mayo de 1991. Expediente judicial. Anexos a la petición inicial de 19 de enero de 2007, folios 56 a 57 y 163 a 165.
34 Anexo 7. Informe Policial. Delegación de Gobierno del Amambay. Nota J.P. No. 128/91, 31 de octubre de 1991. Expediente judicial. Anexos
a la petición inicial de 19 de enero de 2007, folios 164 y 165, y anexo 21. Oficio No. 261/91 del delegado de la policía de Ponta Porã, 9 de
mayo de 1991, y Nota J.P. No. 94/91, 17 de mayo de 1991. Expediente judicial. Anexos a la petición inicial de 19 de enero de 2007, folios
86 a 87.
35 Anexo 7. Informe Policial. Delegación de Gobierno del Amambay. Nota J.P. No. 128/91, 31 de octubre de 1991. Expediente judicial. Anexos
a la petición inicial de 19 de enero de 2007, folios 164 y 165, y anexo 22. Nota de prensa s/f titulada “Hay identikit de 2 asesinos de
Leguizamón”. Expediente judicial. Anexos a la petición inicial de 19 de enero de 2007, folio 48.
36 Anexo 23. Cartas y oficios entre autoridades policiales del Paraguay y Brasil, 9, 14, 15 y 16 de enero de 1992, e informe ampliatorio sobre
investigaciones practicadas Nota J.P No. 3/92, 21 de enero de 1992. Expediente judicial. Anexos a la petición inicial de 19 de enero de 2007.
37 Anexo 24. Auto del juez de primera instancia en lo criminal y tutelar del menor del primer turno de la ciudad de Pedro Juan Caballero,
10 de febrero de 1992; exhortos Nos. 3/92, 4/92, 5/92, 6/92, 7/92 y 8/92, 10 de febrero de 1992, y Nota No. 41 al Cónsul paraguayo en
Ponta Porá, 10 de febrero de 1992. Expediente judicial. Anexos a la petición inicial de 19 de enero de 2007, folios 206 a 213.
38 Anexo 25. N.N No. 4/92 del Consulado del Paraguay en Ponta Porã “11 de 1992” y documentación referida a la respuesta de Brasil.
Expediente judicial. Anexos a la petición inicial de 19 de enero de 2007, folios 233 a 241.
39 Anexo 26. Dictamen Fiscal No. 85, 6 de abril de 1992. Expediente judicial. Anexos a la petición inicial de 19 de enero de 2007, folios 244
a 245.
40 Anexo 27. Solicitud del Fiscal de Feria de la circunscripción del Amambay, 15 de enero de 1992, y solicitud del Fiscal del segundo turno
e interino del primer turno de la circunscripción del Amambay, 13 de febrero de 1992. Expediente judicial. Anexos a la petición inicial de
19 de enero de 2007, folios 181 y 214 a 215.
41 Anexo 28. Notas periodísticas. Expediente judicial. Anexos a la petición inicial de 19 de enero de 2007, folios 177 a 180, 184 a 185 y 188
y ss.
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