2 remita sus observaciones sobre estos informes a la Corte Interamericana de Derechos Humanos dentro de las seis semanas siguientes a su recibo. 5. Exhortar al Estado de Trinidad y Tobago y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a informar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos inmediatamente de cualquier acontecimiento significativo referente a las circunstancias de Wenceslaus James, Anderson Noel, Anthony García, Christopher Bethel, Darrin Roger Thomas, Haniff Hilaire, Denny Baptiste, Wilberforce Bernard, Naresh Boodram, Clarence Charles, Phillip Chotolal, George Constantine, Rodney Davis, Natasha De Leon, Mervyn Edmund, Alfred Frederick, Nigel Mark, Wayne Matthews, Steve Mungroo, Vijay Mungroo, Wilson Prince, Martin Reid, Noel Seepersad, Gangaleen Tahaloo, Keiron Thomas, Samuel Winchester, Peter Benjamin, Kevin Dial, Andrew Dottin, Anthony Johnson, Amir Mowlah, Allan Phillip, Krishandath Seepersad, Narine Sooklal, Mervyn Parris y Francis Mansingh 2. La comunicación del 31 de agosto de 2000, recibida en la Secretaría de la Corte (en adelante la “Secretaría”) en la misma fecha, en la cual la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la “Comisión” o la “Comisión Interamericana”) presentaba a la Corte información detallada sobre el estado de los casos de Anderson Noel, Christopher Bethel, Kevin Dial, Andrew Dottin y Anthony Johnson. 3. La comunicación del Estado de Trinidad y Tobago (en adelante el “Estado” o “Trinidad y Tobago”) del 4 de septiembre de 2000, en la cual, conforme a la Resolución de la Corte (supra 1), presentaba información sobre las circunstancias que condujeron a la ejecución de Joey Ramiah. 4. La nota del Estado, del 5 de septiembre de 2000, en la cual informaba a la Corte que, de conformidad con su Resolución (supra 1), Trinidad y Tobago estaba en el proceso de preparar su informe bimestral sobre el estado de las apelaciones y ejecuciones programadas de James y otros y que estaría remitiendo dicho informe a la Corte dentro de los catorce días siguientes. 5. La comunicación de la Comisión del 18 de septiembre de 2000, en la cual presentaba sus observaciones a la comunicación del Estado sobre el caso de Joey Ramiah (supra 3). 6. La nota de la Secretaría de la Corte del 18 de octubre de 2000, en la cual solicitaba que Trinidad y Tobago remitiera su informe sobre las medidas provisionales ordenadas por la Corte en el caso de James y otros. CONSIDERANDO: 1. Que Trinidad y Tobago ha sido un Estado Parte de la Convención Americana desde el 28 de mayo de 1991 y que reconoció la competencia de la Corte el mismo día. 2. Que el Estado notificó su denuncia de la Convención al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos el 26 de mayo de 1998 y que, de conformidad con el Artículo 78(1) de dicha Convención tal denuncia se hizo efectiva el 26 de mayo de 1999.

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