racionalmente los recursos internos disponibles en el ordenamiento jurídico chileno. Añade que la petición debe ser declarada inadmisible también por cuanto resulta manifiestamente infundada. 4. Sin prejuzgar sobre el fondo de la denuncia, en el presente informe la Comisión concluye que es competente para conocer la presente petición en lo referente a las supuestas violaciones a los derechos a la vida, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley y a la protección judicial, conforme han sido establecidos por los artículos 4, 8, 24 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en lo sucesivo “Convención Americana” o “Convención”), en relación con el artículo 1(1) del mismo instrumento. La Comisión decide además notificar esta decisión a las partes, publicarla e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA). II. TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN 5. La petición data de 24 de abril de 2002 y fue recibida en la CIDH el 15 de mayo de 2002. Los peticionarios enviaron información adicional con fecha 6 de septiembre de 2002 y solicitaron información sobre el estado del trámite el 10 de noviembre de 2002. El 13 de diciembre de 2002, la Comisión solicitó información adicional a los peticionarios, quienes enviaron dicha información a la Comisión el 29 de abril de 2002 y el 23 de enero de 2003. El 23 de abril de 2003 la Comisión solicitó información adicional a los peticionarios, quienes enviaron dicha información el 7 de mayo de 2003. 6. Las partes pertinentes de la petición fueron trasladadas al Estado el 4 de junio de 2003, otorgándole el plazo de 2 meses para presentar sus observaciones. El 15 de septiembre de 2003, el Estado solicitó a la Comisión una prórroga de 30 días para presentar su respuesta a la petición. El 23 de septiembre de 2003 la Comisión solicitó al Estado que presente sus observaciones a la brevedad posible. El 1 de diciembre de 2003 la Comisión reiteró al Estado su solicitud de observaciones a la petición. Los peticionarios solicitaron información sobre el estado del trámite el 10 de julio de 2003, el 30 de octubre de 2003 y el 10 de abril de 2004. 7. El Estado envió sus observaciones a la presente petición el 9 de junio de 2004. Las observaciones del Estado se trasladaron debidamente a los peticionarios el 29 de junio de 2004. Los peticionarios enviaron sus observaciones a la respuesta del Estado con fecha 20 de julio de 2004 y enviaron información adicional el 27 de julio de 2004. 2