plazo23. 30. La Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, establecía en sus artículos 45 y 46 lo que sigue: -Artículo 45. Cuando se hubiere cometido un hecho punible, las autoridades de policía que, de acuerdo con la Ley, sean auxiliares de la administración de justicia, podrán adoptar, como medidas provisionales de necesidad y de urgencia, la detención del presunto culpable o su presentación periódica, durante la averiguación sumaria, a la autoridad respectiva. En cualquiera de los dos supuestos anteriores, la orden deberá ser motivada y constar por escrito. -Artículo 46. En el caso del artículo anterior, el detenido deberá ser puesto a la orden del Juez competente, dentro del término de ocho (8) días24. 31. El Código de Enjuiciamiento Criminal preveía: -Artículo 71: Constituyen el sumario las actuaciones encaminadas a averiguar y hacer constar la perpetración de los hechos punibles, con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y la culpabilidad de los presuntos agentes, con el aseguramiento de sus personas y de los objetos activos y pasivos de la perpetración25. […] -Artículo 75: La Policía Judicial está subordinada a los Jueces de Instrucción en el cumplimiento de las funciones que le atribuye este Código y debe investigar los delitos, identificar y aprehender preventivamente a los presuntos culpables y asegurar las pruebas necesarias para la aplicación de la Ley. También estará subordinada a los otros Tribunales Penales, cuando estos requieran colaboración técnica para la estructuración y conservación de elementos probatorios. Procede al efecto, según los casos, por iniciativa propia, por denuncia o por orden de la autoridad competente. -Artículo 75 G: Los funcionarios de la Policía Judicial deberán redactar actas de las diligencias efectuadas con expresión: 1. Del lugar, hora, día, mes y año en que se ha efectuado la diligencia; 2. Del nombre y apellido, categoría y domicilio de cada una de las personas que han intervenido en ella; los datos personales y los domicilios de los testigos; 3. Los datos personales de los interpretes en los casos previstos en este Título; 4. La firma de los intervinientes que supieren y pudieren hacerlo y la expresión de los que no firman y la razón de ello26. C) Sobre las detenciones y el proceso seguido a las presuntas víctimas 32. El 23 de noviembre de 1998 el Secretario de la Brigada contra Homicidios certificó que a las 2:00 a.m. se recibió una llamada de un funcionario de guardia, que indicó que en las afueras de una casa en el barrio Catacumbo se encontró el cadáver de una mujer, llamada C.F., fallecida por arma de fuego. Inmediatamente después, el Cuerpo Técnico de la Policía Judicial envió dicha información al Juez Cuarto de Primera Instancia en lo 23 El texto transcripto de la Constitución de Venezuela de 1961 fue expuesto literalmente en la declaración pericial escrita de Magaly Mercedes Vásquez González (expediente de prueba, fs. 2769 a 2794). Los artículos 45 y 46 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales fueron transcriptos por el Estado en su contestación. 24 El artículo 71 del Código de Enjuiciamiento Criminal fue transcripto por el Estado en su contestación. Venezuela, al hacerlo, resaltó la parte del texto que indica “con el aseguramiento de sus personas”. 25 El texto de los artículos 75 y 75 G constan en el Código de Enjuiciamiento Criminal, cuyo texto ha sido incorporado como prueba de oficio por la Corte (supra párr. 20). 26 10

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